La prórroga se reglamentó mediante la Resolución 1700 del ministerio, expedida en septiembre pasado.
"Para consolidar el proceso se analizaron los pormenores de la ejecución de los proyectos de vivienda y las condiciones necesarias para que el hogar obtenga el cierre financiero, salvaguardando el beneficio obtenido por las familias que veían amenazada su idea de tener casa propia", agregó el Viceministro, quien recordó que el plazo está dirigido a los auxilios otorgados en diferentes procesos de asignación, de acuerdo con las especificaciones contenidas en la resolución.
Según Henao, "muchos municipios se quejaron de que no tenían Plan de Desarrollo, lo que -infortunadamente- les impedía hacer efectivos los auxilios. Ante esto se expidió la Resolución 1700 que identifica los siguientes plazos:
- Vigencia hasta el próximo 31 de diciembre. Para Subsidios Familiares de Vivienda (SFV) otorgados en el 2004, correspondientes a las vigencias presupuestales de los años 2004 y 2005 que solicitaron el giro anticipado, los cuales se encuentran desembolsados y vigentes a la fecha.
- Hasta el 31 de marzo del 2009. Auxilios otorgados en los años 2005 y 2006, correspondientes a las vigencias presupuestales de los años 2005, 2006 y 2007 que solicitaron el giro anticipado, los cuales se encuentran desembolsados y vigentes a la fecha.
- Hasta el 31 de octubre del 2008. SFV otorgados en los años 2006 y 2007, correspondientes a las vigencias presupuestales de los años 2007 que a la fecha no han tramitado su cobro, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de decreto 0975 del 2004 (cobro contra escritura).
- Hasta el 31 de marzo del 2009. Auxilios otorgados en los años 2006 y 2007 correspondientes a las vigencias presupuestales del 2007, que a la fecha no han tramitado su cobro en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50 del decreto 0975 del 2004 (cobro por anticipado), hasta el 31 de noviembre del 2008. Estos subsidios familiares de vivienda recibirán ampliación automática de la vigencia.
- Hasta el 31 de marzo del próximo año. Auxilios otorgados en los años 2007 y 2008, correspondientes a la vigencia presupuestal del 2008, que a la fecha no han tramitado el cobro en cumplimiento de lo establecido en los artículos 49 y 50 del decreto 0975 del 2004 o que ya solicitaron el giro anticipado.
Estos se encuentran desembolsadas y vigentes a la fecha. También hasta esta fecha, subsidios asignados por el Fonvivienda a la población desplazada, los cuales están en las cuentas de ahorro.
Las fechas de vigencia de las pólizas serán hasta el 31 de marzo del próximo año para los subsidios asignados en el año 2004 y hasta el 30 de junio del 2009 para los que fueron asignados en los años 2005, 2006, 2007 y 2008.
- Publicación
- portafolio.co
- Sección
- Economía
- Fecha de publicación
- 8 de octubre de 2008
- Autor