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El inversionista puede negociar que su comisionista pida prestada la acción a alguien más, la cual es entregada para implementar la venta. Para 'cubrir' su posición al descubierto, el inversionistas debe, subsecuentemente, comprar la acción y regresarla a la parte que la prestó.
Una venta al descubierto puede hacerse solamente cuando el precio de venta de una acción particular es mayor que el último precio comerciado (mencionado como un acuerdo de puntos al alza), o si no existe cambio en el último precio comerciado de la acción particular (mencionado como un acuerdo sin puntos al alza), el precio comerciado anteriormente debe ser mayor que el precio comerciado que lo precedió.
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