A esa conclusión llegó el Tribunal, tras revocar una tutela con la que dos pensionados pretendían que se dejara intacto el 50 por ciento de su mesada, pues por deudas adquiridas, la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares les estaba haciendo descuentos que iban más allá de ese porcentaje.
En este fallo, que puede ser revisado por la Corte Constitucional, el Tribunal señaló que las personas son responsables de medir su capacidad de endeudamiento, y que los mecanismos de protección para los pensionados no pueden usarse para evadir o dilatar el pago de las obligaciones que libremente contrajeron.
La tutela fue interpuesta por Luis Felipe Becerra y Ciro Antonio Guevara Ocampo, suboficial y técnico jefe de la Fuerza Aérea, respectivamente.
Por los descuentos les llegó una suma que, consideraban, no alcanzaba para su sustento y el de sus familias y argumentaban que les estaban afectando el llamado mínimo vital.
El Juzgado Cuarto le ordenó a la Caja de Retiro que se abstuviera, a partir de abril, de efectuar los descuentos de más del 50 por ciento de las pensiones, basándose en fallos anteriores.
Y dijo que las entidades que dieron los créditos actuaron incorrectamente, al no verificar la capacidad de pago de sus clientes.
Por su parte, el Tribunal de Cundinamarca llegó a la conclusión de que a los afectados no se les violó algún derecho y además resaltó que "la única responsabilidad, en cada caso, es del militar, toda vez que es él quien adquiere compromisos y quien autoriza que se le efectúen los descuentos".
Muchos afiliados
La Caja de Retiro argumentó que efectúa el pago de más de 30.000 afiliados, situación que hace imposible controlar cada uno de los descuentos autorizados por el personal militar mes a mes. Por eso impugnó la tutela.Publicidad