No se trata de combatir solamente a las llamadas mesas de dinero independientes, sino incluso a personas naturales o a cualquier firma que opere en el mercado, prestando asesoría a sus clientes y actuando a nombre de ellos para ordenar operaciones en el mercado. Es lo que se conoce con el nombre de 'ordenantes', los cuales actúan de manera paralela a las comisionistas de bolsa, que son las autorizadas legalmente para manejar el contrato de corretaje. Esta semana terminó la etapa de comentarios del proyecto de decreto y la medida definitiva la expedirá el Ministerio de Hacienda en cualquier momento. El presidente de la Asociación de Comisionistas de Bolsa de Colombia (Asobolsa), Emilio José Archila, explicó que la intención del Gobierno está bien orientada en la medida en que combate una actividad ilegal "que le hace mucho daño el mercado". Señaló, además, que uno de los casos más evidentes es el de la firma Probolsa, cuyo nombre la relacionaba incluso con el mercado legal. Esa firma llegó a manejar inversiones multimillonarias de los departamentos de Cauca, Nariño y Arauca sin estar autorizada para captar dinero ni realizar este tipo de operaciones. Con el nuevo decreto, la decisión del Gobierno no es prohibir literalmente que un tercero pueda dar órdenes a una comisionista de bolsa sobre el manejo del dinero de un inversionista. En concreto, lo que se busca es advertirle a ese tercero que no puede bajo ningún motivo prestar los servicios de asesoría si no es vigilado por la Superintendencia Financiera. "La asesoría de cualquier naturaleza para la adquisición o enajenación de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) o de valores extranjeros listados en un sistema local de cotizaciones de valores extranjeros, se considera también operación de intermediación y solamente podrá ser realizada por entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia", explica el texto del proyecto de decreto del Gobierno. Bajo esta normativa estarán las llamadas mesas de dinero independientes que actúan sin vigilancia estatal, varias de las cuales han sido intervenidas en los últimos meses por el organismo de control. Desde que el fenómeno de la captación ilegal de dinero apareció a finales del 2008 con las famosas pirámides, la Superintendencia Financiera ha intervenido en total 77 sociedades, de las cuales 21 son mesas de dinero que operaban en varias ciudades del país.
Los amigos sí
El decreto que prepara el Gobierno no significa que un familiar o un allegado al inversionista no pueda actuar como su representante u 'ordenante' ante una entidad financiera, pues se presentan casos en los cuales el dueño del dinero no puede estar pendiente de sus recursos por una u otra razón.
Es común, por ejemplo, que el inversionista original se encuentre fuera del país y por ese motivo no pueda dar órdenes directas a la comisionista de comprar o vender determinado títulos valor. Por eso da poder a un tercero ('ordenante') para que este ejerza esa labor a su nombre y pida al comisionista de bolsa -que sí es vigilado por la Superfinanciera- que proceda a realizar la transacción.
En otro aparte, el proyecto de decreto señala: "siempre que en una operación de intermediación de valores se asuma la función de impartir las órdenes que le correspondan al respectivo cliente, tal gestión en ningún caso podrá implicar la prestación al cliente de asesoría de cualquier naturaleza, ni atenuación de los deberes y obligaciones originales del intermediario, como tampoco representación o compromiso alguno del intermediario por parte del ordenante".
Para realizar cualquier movimiento en el mercado de valores siempre es necesaria la participación de un intermediario vigilado por la Superintendencia Financiera.
Todo por la vía legal
Un inversionista debe acudir siempre, y de manera directa, a las entidades que sí son controladas, para que su operación sea segura y legal. Las mesas de dinero independientes no pueden acudir al mercado, sino a través de una entidad vigilada por la Superfinanciera.
Así asesore a un cliente y reciba dinero de este, un 'ordenante' debe pasarlo obligatoriamente por una institución regulada para que esta sea la que concrete la inversión.
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