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Viernes 25 de Mayo de 2012

Salario, debate mínimo

Muchos comentaristas se refieren al salario mínimo y su 'negociación' en esta época del año, sin conocer a derechas cuál es el escenario, cuáles son las instituciones y quiénes asumen la responsabilidad de buscar una fijación concertada del mínimo antes de que venga el Gobierno a hacerlo por decreto.

Si tales orientadores de la opinión estuvieran al tanto, estarían de acuerdo en pedirles a los miembros de la inefable Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales que abandonen la práctica trivial de discutir, en los términos en que lo hace, la institución del salario mínimo y su movimiento anual. Sus principales responsabilidades van mucho más allá del villancico anual del salario mínimo.

La Comisión ha funcionado desde 1996 (Ley 278); se trata de un mandato explícito de la Constitución (artículo 56); un mandato que se demoró un buen lustro en ponerse en marcha; es una Comisión permanente; es de concertación; no es exclusivamente para 'negociar' el salario mínimo. Es una comisión tripartita: por el Gobierno, cuatro ministros y el director del DNP; por los 'empleadores', cinco organizaciones gremiales; por los trabajadores, tres organizaciones sindicales, una confederación de pensionados y una 'organización representativa de los desempleados'.

La Comisión tiene funciones grandiosas: debe 'fomentar las buenas relaciones laborales'; debe, nada menos, 'fijar de manera concertada la política salarial', y también, 'la política laboral' en una gran cantidad de materias, incluyendo las que promuevan la igualdad laboral entre géneros y la redistribución del ingreso; es organismo consultor del Gobierno en asuntos laborales internacionales; tiene la obligación de 'fijar el salario mínimo teniendo en cuenta que se debe garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia'.

Una tarea muy importante: debe 'preparar los proyectos de Ley en materias sujetas a su competencia'.

Esta augusta Comisión debería rendirle cuentas a la ciudadanía por el cumplimiento de sus responsabilidades. ¿Dónde está el control político sobre este organismo, adscrito al Ministerio de la Protección Social?, ¿Qué ha dicho la Procuraduría sobre el desempeño de sus obligaciones legales?, ¿Cuáles proyectos de Ley ha preparado para la promoción del trabajo digno, para la defensa del salario, para arrancar a los trabajadores de la trampa de la precariedad laboral? Campo vacío. Todo esto es letra muerta. Una burla a la Constitución.

Un ejemplo del formalismo del régimen político de Colombia, donde la etiqueta, y no la ética y el contenido real de la Ley, es lo que importa.

Mueve, además, a una risa triste, el cuento de la productividad que siempre se pone sobre la mesa de las 'negociaciones' del salario mínimo. Es vergonzoso que la tecnocracia del DNP haya sentenciado, como un oráculo, que la productividad laboral haya caído este año un 3,5 por ciento. Nadie se ha preguntado públicamente hasta ahora cómo logró estimar el DNP esta cifra, y cómo pudo proyectar que el aumento de la productividad laboral el año entrante estará entre cero y 1,5 por ciento. La enorme mayoría de los comentaristas confunde, además, el concepto de productividad con el cálculo de su variación en el tiempo.

Pero, en todo caso, agitar el numerito sirve como instrumento de 'negociación'. Si se aplicara la lógica dura de la ortodoxia, el Gobierno no debería proponer un aumento salarial del 3 por ciento, como lo ha hecho, sino una disminución del 0,5 por ciento. Para darle gusto a la Corte, el Gobierno se quedará con el 3 por ciento, que está un poquito por encima de la inflación de 2009.

En todo caso, si es por la productividad, olvídese usted de un ajuste mayor. Es el 'dictum' de los técnicos. No importa que pocos entiendan el concepto, y más que pocos aún sepan cómo se mide.

cgonzalm@cgm.com.co

Publicación
portafolio.co
Sección
Editorial - opinión
Fecha de publicación
15 de diciembre de 2009
Autor
CÉSAR GONZÁLEZ MUÑOZ Consultor privado

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