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Miercoles 15 de Febrero de 2012

Canon de arrendamiento en inmuebles destinados a vivienda se podrá incrementar con base en la inflación

Por su parte, los contratos suscritos antes del 10 de julio del 2003 tendrán un incremento de 3 por ciento anual, que corresponde a la meta de inflación fijada para este año por el Banco de la República.

Es importante tener en cuenta que para los dos casos el incremento será efectivo a partir del día en que se renueve el contrato. Es decir, si se firmó el 2 de marzo del 2009, el alza se aplicará desde el 2 de marzo de este año.

Finalmente, hay que tener en cuenta que los contratos en inmuebles diferentes a los urbanos destinados a vivienda rural, oficinas, locales comerciales y bodegas ajustan sus cánones con base en lo establecido en los respectivos contratos; en todo caso las partes están en total libertad de negociar estos incrementos.

Publicación
portafolio.co
Sección
Economía
Fecha de publicación
5 de enero de 2010
Autor
PORTAFOLIO.COM.CO

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