Últimas Noticias de Economía y Negocios de Colombia y el Mundo

Domingo 27 de Mayo de 2012

¡Llegaron las rebajas!

La ley de ajuste fiscal empezó a concretar algunos beneficios tributarios, aunque no para todos: sólo para el reducido grupo que ha tenido la fortuna de suscribir contratos de estabilidad jurídica. En contraste, la mayoría de los contribuyentes empieza a mostrar caras agrias por el incremento del IVA a la cerveza y a otros impuestos territoriales.

La extensión del gravamen de patrimonio hasta el año 2014 y la rebaja de la deducción especial por compra de activos fijos productivos, son las primeras normas legales sobre impuestos nacionales que se expiden bajo la vigencia de los contratos de estabilidad jurídica. En cuanto al primero, no es claro que cobije a quienes celebraron dichos convenios, porque se trata de un impuesto creado mediante una norma diferente a la que aparece congelada en el texto de los mismos; por lo menos hay lugar a discusión sobre este punto.

Por eso resulta insólito, que en la ponencia para primer debate en el Congreso, haya aparecido un parágrafo que excluía del nuevo tributo a quienes hubieran estabilizado las normas del impuesto anterior, y que, por el contrario, desapareciera de la versión final la prohibición -que figuraba en el proyecto del Gobierno y en la ponencia- para incorporar el impuesto de patrimonio en los contratos de estbilidad.

El nuevo texto prácticamente abre un paréntesis de un año para que los contribuyentes puedan recomponer sus patrimonios, porque el gravamen se causa sobre el poseído el primero de enero de 2011; no faltarán los casos donde se fraccionen o se conviertan en acciones, reduciendo sus efectos. Sorprende igualmente que se cree la doble tributación de este impuesto para las sociedades limitadas y asimiladas y sus socios, en la medida que sólo se permite descontar el valor de las acciones en sociedades nacionales, no los aportes de capital, en aparente sesgo contra las sociedades más pequeñas.

De hecho, la contribución es regresiva, en cuanto se traslada a los socios o accionistas, sin consideración a su capacidad contributiva, a la misma tarifa única y proporcional. Para quienes criticamos la excesiva generosidad tributaria de este Gobierno, resulta plausible que se haya rebajado la deducción especial por compra de activos fijos. ¿Será una señal para el próximo gobierno?

No se puede decir lo mismo del incremento a los impuestos territoriales, en especial el IVA cedido, porque resulta igualmente regresivo en la forma como está planteado. Para el campesino que se toma 'la pola' en la plaza del pueblo, el impuesto representa entre el 30 y el 40 por ciento de su valor, mientras el ejecutivo, que la disfruta en la comodidad del bar o el restaurante de estrato seis, sólo tributa, si acaso, el 10 por ciento del precio.

Esta aritmética simple refleja el resultado de cambiar impuestos directos por indirectos, y la inseguridad del sistema tributario. Por ejemplo, en la industria cervecera, la agradable sensación que deben producir en la chequera los contratos de zonas francas y de estabilidad jurídica, se ve interrumpida con las quejas sobre el inoportuno incremento del IVA. Es un poco el placer de la embriaguez y el amargo despertar del guayabo.

horacio.ayala@etb.net.co

Publicación
portafolio.co
Sección
Editorial - opinión
Fecha de publicación
24 de febrero de 2010
Autor
HORACIO AYALA VELA Consultor privado

Publicidad