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Miércoles 19 de Junio 2013

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Silla vacía para gobernadores

Mayo 7 de 2012 - 10:32 pm



Ante la gran cantidad de casos de corrupción y robo de recursos públicos en las entidades territoriales, es necesario imponer una sanción como la de la “Silla Vacía” a los partidos o movimientos políticos que postularon a los mandatarios destituidos por estos hechos.

La figura, que se introdujo en la reforma constitucional del 2009, fue un avance importante contra la penetración de mafias y paramilitares en la política.

En el artículo 134 de la Constitución se estableció que no se podía reemplazar a un congresista, diputado o concejal vinculado a un proceso penal por la relación con grupos armados ilegales, por delitos de narcotráfico o lesa humanidad.

También se dispuso que “la sentencia condenatoria producirá como efecto la pérdida definitiva de la curul, para el partido al que pertenezca el miembro de la Corporación Pública”.

Es menos conocido que también se impuso una especie de Silla Vacía para el caso de gobernadores y alcaldes, pues según el Art. 107 cuando estos son condenados por los mismos motivos, los partidos o movimientos que avalaron al candidato “no podrán presentar terna, caso en el cual, el nominador podrá libremente designar el reemplazo”.

En el Congreso, la sanción solo ha sido aplicada una vez al partido Cambio Radical por la condena del expresidente del Senado, Javier Cáceres, mientras que para mandatarios regionales ni siquiera se ha estrenado.

Lo cierto es que la norma se quedó corta al limitar la Silla Vacía a unos pocos delitos, y en la reforma a la Justicia que se está tramitando se trató, sin éxito, de ampliarla para que aplicara a todos los delitos de carácter penal de los congresistas.

No obstante, aún esa modificación hubiera sido insuficiente, pues no aplicaría para los casos de corrupción sancionados por la Contraloría o la Procuraduría, y que pueden ser más graves que el mismo narcotráfico.

La revista ‘Semana’ le atribuye al condenado exsenador Martínez haber dicho que “es mejor negocio la política que el narcotráfico”, pues “la plata que deja una alcaldía no la deja un embarque”.

En los últimos dos años, los entes de control han sancionado a diez mandatarios regionales, siendo los casos más recientes los de Useche del PIN-MIO en el Valle del Cauca y Cielo Gonzáles del partido de la U en el Huila, destituidos por mal manejo de contratos con recursos públicos en sus puestos anteriores.

Además, ambos sucedieron a gobernadores de sus mismos partidos que también habían sido destituidos por la Procuraduría: Juan Carlos Abadía en el Valle y Luis Jorge Sánchez en el Huila, o sea que esos partidos son reincidentes en el atraco al erario.

El colmo del cinismo de los movimientos políticos es avalar candidatos que se sabe están siendo investigados, lograr que sean elegidos y cuando concluyen las investigaciones, y son destituidos, querer nominar el reemplazo para seguir controlando los presupuestos regionales.

Cuando un gobernador o alcalde es destituido de su cargo por casos de corrupción administrativa, el partido o movimiento político que le dio el aval no debe tener el derecho de presentar la terna para elegir a quien lo va a reemplazar.

Es la sanción mínima que se merecen, y habría que ir más allá y prohibirles que postulen candidatos a las siguientes elecciones y, si son reincidentes, cancelarles la personería jurídica.

Así lo dispone hoy el artículo 107 de la Constitución, pero solo para los delitos mencionados, de manera que habría que ampliar esa prohibición. Es urgente hacerlo si se quiere depurar la administración pública.

Mauricio Cabrera G.

Consultor privado

mcabrera@cabreraybedoya.com

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