En su reunión del viernes pasado la Junta Directiva del Banco de la República expidió la Resolución Externa 4 de 2006 que reglamenta la ley del Mercado de Valores, con el fin de regular el funcionamiento de los Sistemas de Compensación y Liquidación de Divisas. De esta manera, señaló Gerardo Hernández, gerente Ejecutivo del Banco de la República, se definen reglas claras en materia de gestión y administración de los riesgos inherentes a la compensación y liquidación de los pagos originados en las negociaciones de compra y venta de divisas efectuadas en el mercado interbancario colombiano. Dentro de estos sistemas que tienen por objeto mitigar el riesgo cambiario, la Asociación Bancaria destacó la entrada en funcionamiento de la Cámara de Compensación de Divisas. Dicha herramienta, anotó el gremio financiero, está diseñada, inicialmente para compensar y liquidar únicamente las operaciones en el mercado de contado (spot). La Cámara de Compensación se constituye en el administrador de un sistema de compensación y liquidación para las operaciones entre la moneda local y el dólar que se cumplen el mismo día. La Cámara tiene responsabilidades de medio más no de resultado. Es una cámara de compensación, no de riesgo central de contraparte, subrayó la Asobancaria. La Cámara permite a los participantes cumplir la multiplicidad de sus obligaciones con una sola transferencia de pesos o divisas (compensación multilateral neta). El Banco de la República, por su parte, destacó que la implementación de Sistemas de Compensación y Liquidación de Divisas más seguros, eficientes, y confiables contribuyen a mantener la estabilidad del sistema financiero y favorecen una mayor profundización y desarrollo en los mercados. La regulación expedida está fundamentada en las mejores prácticas y estándares internacionales, señaló el Emisor.500Millones de dólares es el promedio diario que actualmente se negocia en el mercado cambiario colombiano. En el año 2000, el promedio era de 95 millones de dólares. SOCIEDADES El Banco de la República reglamentó el funcionamiento de las Sociedades Administradoras de Sistemas de Compensación y Liquidación de Divisas. Estas sociedades estarán sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera. Podrán participar en dichas sociedades los intermediarios del mercado cambiario, incluidas las casas de cambio. Por su parte, los proveedores de liquidez son entidades financieras que mediante contratos con el administrador del Sistema, se comprometen a suministrar los pesos o divisas necesarias para que en caso de que uno o más de sus participantes incumplan con la transferencia de los pesos o las divisas, éste pueda cumplir de manera oportuna con la compensación y liquidación de los pagos. El Emisor reglamentará las características y requisitos que deberán acreditar dichos agentes.
Finanzas
29 may 2006 - 5:00 a. m.
Alistan instrumento para mitigar riesgos
A partir de septiembre del presente año, todos los intermediarios del mercado cambiario deberán cumplir con las exigencias realizadas por el Banco de la República para mitigar el riesgo sistémico en el mercado cambiario.(VER GRAFICO)
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