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Carlos

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Finanzas

05 ene 2010 - 5:00 a. m.

Canon de arrendamiento en inmuebles destinados a vivienda se podrá incrementar con base en la inflación

Los contratos firmados después del 10 julio del 2003, fecha en la cual entró en vigencia la Ley 820, se podrá incrementar con base en la inflación del 2009, que, según el Dane fue, de 2 por ciento.

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05 ene 2010 - 5:00 a. m.

Por su parte, los contratos suscritos antes del 10 de julio del 2003 tendrán un incremento de 3 por ciento anual, que corresponde a la meta de inflación fijada para este año por el Banco de la República.

Es importante tener en cuenta que para los dos casos el incremento será efectivo a partir del día en que se renueve el contrato. Es decir, si se firmó el 2 de marzo del 2009, el alza se aplicará desde el 2 de marzo de este año.

Finalmente, hay que tener en cuenta que los contratos en inmuebles diferentes a los urbanos destinados a vivienda rural, oficinas, locales comerciales y bodegas ajustan sus cánones con base en lo establecido en los respectivos contratos; en todo caso las partes están en total libertad de negociar estos incrementos.

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