El Congreso le puso coto a la posibilidad de que se repitan fraudes como los detectados en las elecciones de dignatarios de Cámaras de Comercio en el 2012.
En esa ocasión, se comprobó que en varias seccionales se crearon, a última hora, cientos de sociedades de manera irregular, con el objetivo de adquirir el derecho a obtener votos con los que grupos de interés querían controlar las juntas de estos organismos.
Este jueves, la plenaria de la Cámara aprobó el informe de conciliación del proyecto de Ley 168 que reforma el Código de Comercio y fija normas para fortalecer la gobernabilidad y el funcionamiento de las Cámaras de Comercio. El mismo trámite se había cumplido con éxito el miércoles en la plenaria del Senado.
“Con esta nueva ley hemos hecho realidad las modificaciones que el sistema electoral necesitaba y de esa forma hemos blindado las nuevas elecciones”, aseguró el superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo.
La nueva norma establece que para elegir y ser elegido en la directiva de estos organismos es necesario tener una antigüedad mínima de dos años como afiliado, y a la vez para afiliarse hay que haberse matriculado como comerciante mínimo dos años atrás.
Con esto, de acuerdo con Julián Domínguez, presidente de Confecámaras, que agremia a las 57 Cámaras de Comercio del país, “los afiliados serán empresarios de carne y hueso, desprovistos de antecedentes que tachen su moralidad comercial y social”.
El periodo de los dignatarios pasa de dos a cuatro años, con posibilidad de una sola reelección inmediata, mientras que antes era indefinida.
De esa manera, según expresa el documento, se busca garantizar la continuidad de los proyectos pero a la vez la renovación de liderazgos empresariales en las regiones.
Sin embargo, y de manera transitoria, para las elecciones que se realizarán en diciembre próximo, la Superintendencia de Industria y Comercio podrá autorizar la votación de comerciantes que estén matriculados pero no afiliados, si el número de afiliados que pueden votar no es representativo.
Hasta ahora, el presidente ejecutivo se nombraba o removía por mayoría simple dentro de la junta, pero en el futuro requerirá de las tres cuartas partes de los miembros.
Adicionalmente, se amplían las facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio a la hora de depurar los censos electorales.
EL FRAUDE PRINCIPAL OCURRIÓ EN BARRANQUILLA
En septiembre del 2012 la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decidió anular las elecciones de la Cámara de Comercio de Barranquilla y citar de nuevo a las urnas tras verificar que no se depuró el censo, e indicios de que se manipularon los resultados de la votación.
Entre otras cosas, la SIC halló que en el primer trimestre de ese año se constituyeron 1545 sociedades por acciones simplificadas (SAS) y que de ellas, 1483 estaban a nombre de 72 personas.
Aunque se trataba de empresas con objetos sociales y tamaños distintos, casi todas tenían un solo empleado y se llamaba de la misma manera.