El año pasado unos 30.000 contribuyentes fueron requeridos por la Dian al tener inconsistencias en su declaración de renta. La mayoría cometió uno de los siguientes errores al momento de diligenciar el formulario de la obligación fiscal, que les significó el pago de sanciones.
(Lea: Contribuyentes tendrían que pagar más renta)
De acuerdo con la entidad, la primera falta que comenten los declarantes se registra al inscribir un valor mayor al que realmente deben pagar. Así lo explicó a Portafolio.co Cecilia Rico, directora de Gestión de Ingresos de la Dian, al señalar que hay que tener cuidado cuando se ingresa a los servicios electrónicos de la entidad, pues el sistema por defecto tiene un cero.
(Lea: Las cesantías siguen siendo renta exenta)
“Muchas veces se va un cero adicional y si la declaración es de un millón queda de diez. Sucede entonces que en el estado de cuenta identificamos que tiene una deuda porque le creemos a esa declaración, pero luego, cuando requerimos al contribuyente, uno ve las operaciones y resulta que el impuesto es menor”, señala.
(Lea: Más de 90 mil personas ya declararon renta)
Otro error común que halla la Dian se da cuando el contribuyente desea aplicar el saldo que le quedó a favor en la declaración del año anterior. Si el saldo es cinco millones y en la declaración nueva trae una cifra distinta y pone siete millones, lo que hace la entidad es requerir al contribuyente para que haga las correcciones debidas.
“Este es uno de los primeros cruces que hace la Dian, porque verificamos que lo que nos estén trasladando sea el valor correcto”, precisa la Rico.
La funcionaria añadió además que si la persona se percata de que se equivocó, lo más recomendable es que haga la corrección dentro del año siguiente a la fecha del plazo máximo para presentar la nueva declaración. “Si sucede algo como en este año, donde la Dian requirió a algunas personas por arrastrar un saldo a favor superior, tendrá que pagar la diferencia y sobre eso intereses de mora”, dijo.
Los colombianos también se equivocan frecuentemente al diligenciar el borrador de la declaración en la página web y dar por hecho que ya cumplieron con la obligación de declarar. Las personas deben transcribirlo.
A esto se suma que los contribuyentes diligencian el formulario sin tener firma electrónica y piensan que quedó presentado. En este caso, se deben imprimir dos ejemplares y llevarlos al banco.
Otra falta recurrente sucede cuando en el banco aparece un saldo a pagar y las personas diligencian un recibo para realizar la consignación. “El cajero del banco le pone el adhesivo al recibo, no a la declaración y esta queda sin presentar”, señala Rico, quien agrega que en este caso la recomendación es que se llene la casilla 980 del formulario y no se haga un recibo adicional.
En todo caso, para que usted presente una declaración sin inconsistencias, lo primero que debe aclara antes son los números de identificación tributaria, que los datos en del RUT estén completos, actualizados y correctos.
“Importantísimo que siempre coloque una dirección de correo electrónica válida, donde la Dian le pueda comunicar que lo va a requerir porque hubo un error en su declaración. Las comunicaciones de la Dian son para ayudar al contribuyente”, puntualiza Rico.