"La medida es uno de los instrumentos de gestión contemplados en el Plan de Ordenamiento Territorial y se dictó cumpliendo el Acuerdo 308 de 2008, mediante el cual el Concejo de Bogotá adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, cuando apenas se esperaba que el Gobierno Nacional reglamentara la Ley 388 de 1997 sobre el tema de desarrollo y construcción prioritaria", indicó la abogada Nora Pabón, quien explicó que es una de las estrategias legales para solucionar el déficit de terrenos para edificar vivienda social.
Según fuentes del Distrito se presenta una escasez de 307.900 viviendas y en los terrenos identificados se podrían construir 120.000 unidades.
"Este proceso administrativo iniciado sin conocimiento de los afectados (y en consecuencia sin respetar sus derechos) está violando la seguridad jurídica y el principio de la confianza legítima.
"Muchas personas adquirieron predios para desarrollarlos y hacerlo conlleva un proceso de tiempo de legalización ante las curadurías, lo cual no es fácil pues esto tiene un trámite dispendioso", opina Pabón.
Para ella, en otros casos los terrenos se han construido por causas atribuibles al Distrito. Por ejemplo, el largo tiempo que ha llevado reglamentar el POT y aprobar planes parciales, de implantación, de regularización y de manejo.
Así, Pabón cuestiona ¿es legal que inmuebles que se habían podido desarrollar con otros usos y condiciones queden desvalorizados?
"Se ha podido establecer es que se incluyeron inmuebles construidos con licencia y bienes que se están construyendo de acuerdo con licencias en firme, por lo que se hace urgente revisar la resolución .
"Si bien es cierto que prevalece el interés general sobre el particular y que debe cumplirse la función social de la propiedad, también es claro que se debe cumplir con los requisitos formales", agrega.
La primera parte de la polémica está en las razones por las que se eligieron unos predios y otros no, dejando una "desigualdad frente a otros inmuebles".
También insiste en que la Constitución Política establece la enajenación forzosa en subasta pública pero también el derecho a la igualdad y, por ende, el principio de la distribución equitativa de cargas y beneficios contemplado en la Ley 388 .
"Realmente muchos de estos predios sufren una desvalorización al tener que ser construidos o vendidos con una destinación específica...
"La Resolución 147 es confusa, ha generado muchas discusiones legales y, seguramente, será objeto de acciones jurídicas por perjuicios causados, especialmente a quienes estaban en proceso de obtener licencia. Esto podría generar conflictos y cuantiosos perjuicios para el Distrito", declara.
¿Qué dice la ley sobre estas medidas?
Algunas precisiones de Nora Pabón sobre lo que dice la ley sobre la subasta pública:
¿En qué sectores se deben identificar los inmuebles?
La Ley 388 de 1997 autoriza la medida en terrenos localizados en suelo de expansión declarados como de desarrollo prioritario y que no se urbanicen dentro de los 3 años; y aquellos en suelo urbano sin urbanizar (después de dos años) y los urbanizados, luego de un año.
¿Qué dice el Acuerdo 308?
Allí se declaran como de desarrollo prioritario, de forma general, los terrenos que están dentro del perímetro urbano del Distrito, siempre que no necesiten el trámite de Plan Parcial.
Aquellos cuyos planes parciales fueron adoptados antes del plan de desarrollo. Además incluye las zonas renovación urbana.
¿Qué tuvo en cuenta la Secretaria del Hábitat para escoger los lotes?
Según dice la Resolución, se hicieron visitas, estudios y análisis técnicos de cada predio. Lo que se ha podido establecer es que se incluyeron inmuebles construidos con licencia, inmuebles que se están construyendo de acuerdo con licencias en firme, por lo que se hace urgente revisar la resolución.
¿Qué implica la declaración?
Que el propietario sólo podrá pedir licencia para construir exclusivamente viviendas de interés social o prioritario.
¿El bien sale del comercio?
El lote puede ser negociado pero el nuevo comprador sólo podrá hacer VIS o VIP y deberá tener en cuenta los límites de tiempo para evitar que el bien sea subastado.
¿Qué pasa si no se construye?
Al cumplir los tiempos (1, 2 ó 3 años dependiendo del caso) el Alcalde dictará una resolución ordenando la enajenación forzosa y especificando el uso del terreno.
¿Qué recursos proceden?
Las normas generales advierten que contra los actos de la administración se pueden interponer los recursos de reposición y apelación.
Pero durante el proceso de enajenación forzosa la Ley es clara en que solo procede el de reposición.
Una vez en firme el acto se inscribirá en el folio de matrícula inmobiliaria y quedará el inmueble fuera del comercio y mientras el acto exista ninguna autoridad podrá otorgar licencia urbanística.
Luego se procede a la subasta pública. "Lo cierto es que el Distrito no puede continuar ignorando y perjudicando a los particulares como ha sucedido, por décadas, con los casos de afectaciones por obras públicas, bienes conservación arquitectónica y las zonas de reserva", concluye.
Algunas precisiones de Nora Pabón sobre lo que dice la ley sobre la subasta pública:
¿En qué sectores se deben identificar los inmuebles?
La Ley 388 de 1997 autoriza la medida en terrenos localizados en suelo de expansión declarados como de desarrollo prioritario y que no se urbanicen dentro de los 3 años; y aquellos en suelo urbano sin urbanizar (después de dos años) y los urbanizados, luego de un año.
¿Qué dice el Acuerdo 308?
Allí se declaran como de desarrollo prioritario, de forma general, los terrenos que están dentro del perímetro urbano del Distrito, siempre que no necesiten el trámite de Plan Parcial. Aquellos cuyos planes parciales fueron adoptados antes del plan de desarrollo. Además incluye las zonas renovación urbana.
¿Qué tuvo en cuenta la Secretaria del Hábitat para escoger los lotes?
Según dice la Resolución, se hicieron visitas, estudios y análisis técnicos de cada predio. Lo que se ha podido establecer es que se incluyeron inmuebles construidos con licencia, inmuebles que se están construyendo de acuerdo con licencias en firme, por lo que se hace urgente revisar la resolución.
¿Qué implica la declaración?
Que el propietario sólo podrá pedir licencia para construir exclusivamente viviendas de interés social o prioritario.
¿El bien sale del comercio?
El lote puede ser negociado pero el nuevo comprador sólo podrá hacer VIS o VIP y deberá tener en cuenta los límites de tiempo para evitar que el bien sea subastado.
¿Qué pasa si no se construye?
Al cumplir los tiempos (1, 2 ó 3 años dependiendo del caso) el Alcalde dictará una resolución ordenando la enajenación forzosa y especificando el uso del terreno.
¿Qué recursos proceden?
Las normas generales advierten que contra los actos de la administración se pueden interponer los recursos de reposición y apelación.
Pero durante el proceso de enajenación forzosa la Ley es clara en que solo procede el de reposición.
Una vez en firme el acto se inscribirá en el folio de matrícula inmobiliaria y quedará el inmueble fuera del comercio y mientras el acto exista ninguna autoridad podrá otorgar licencia urbanística.
Luego se procede a la subasta pública. "Lo cierto es que el Distrito no puede continuar ignorando y perjudicando a los particulares como ha sucedido, por décadas, con los casos de afectaciones por obras públicas, bienes conservación arquitectónica y las zonas de reserva", concluye.
Finanzas
25 jul 2008 - 5:00 a. m.
Destinarán a vivienda de interés social (VIS) cerca de 1.187 lotes en Bogotá por acuerdo del Concejo Distrital
Esta semana, los propietarios de los predios fueron citados por la Secretaría del Hábitat para notificarles que sus bienes se identifican como de desarrollo prioritario para VIS.
POR:
-
guardar
save_article.message.success_title save_article.message.successsave_article.message.success_updated_title save_article.message.success_updatedHa ocurrido un error al intentar guardar este artículo
- Reportar error
- Seguir economía
Lo más leído
1
1408
Finanzas
La condición que puso Minhacienda para bajar el umbral de cotización en la pensional
4
1016
Empresas
El país donde McDonald's cerró todos sus locales y las razones detrás de su decisión
Destacados
Más Portales