La crisis financiera y los consecuentes esfuerzos por reformar el funcionamiento del sistema financiero, tanto a nivel internacional como en cada una de las economías desarrolladas, están generando unos interesantes debates con respecto a la práctica total de los elementos de la regulación financiera. Estas polémicas necesariamente afectarán los procesos legislativos pendientes sobre el tema en Colombia.
En Estados Unidos, el Gobierno ha estado particularmente activo en proponer iniciativas para reformar el sistema financiero. Uno de los aspectos centrales es determinar el rol que la Federal Reserve tendrá en la definición de regular y supervisar el sistema. La FED siempre (desde el Banking Act de 1933) ha tenido a su cargo la responsabilidad de supervisar los bancos y grupos bancarios en vista de que tienen acceso directo a crédito del sistema federal -por ejemplo, Morgan Stanley y Goldman Sachs se convirtieron, en medio de la crisis, en grupos bancarios, para contar con los recursos de la FED-.
Adicionalmente, las medidas de emergencia adoptadas por el Gobierno ante la crisis le entregaron un papel protagónico en su solución a la FED; y en cierta medida la propuesta gubernamental ratifica esto.
El resto de la supervisión en Estados Unidos la realizan una serie de entidades a nivel federal, con funciones relativamente especializadas, en adición a otras a nivel estatal. Estas entidades incluyen, entre otras, el Office of the Comptroller of the Currency y el Federal Deposit Insurance Corporation, las cuales se coordinan mediante el Federal Financial Institutions Examination Council. Los mercados de valores, por su parte, están supervisados por un organismo separado, la Securities and Exchange Commision (SEC).
En la Eurozona, los bancos centrales han perdido naturalmente su función primaria, excepto como agentes del Banco Central Europeo y partícipes en sus directivos. Esto ha alimentado la tendencia a incrementar su responsabilidad supervisora, como en el caso de Holanda y de Irlanda. El Banco de España tiene completa función regulatoria y supervisora desde antes de su incorporación a la Unión Europea.
En el Reino Unido, el Banco de Inglaterra persiste en aplicar su propia política monetaria y es el encargado expreso de 'controlar el riesgo sistémico', pero la supervisión la ejerce el FSA (Financial Services Authority).
El debate en Colombia
En el 2008, dos codirectores del Emisor, Carlos Gustavo Cano y Juan Mario Laserna, promovieron el debate acerca de pasar una parte importante de la supervisión de las entidades del sistema financiero al Banco. El argumento central es que, en una situación de crisis financiera es crucial coordinar la política monetaria y la regulación de lo contrario, en caso de desavenencia, es la política monetaria la que terminaría por adaptarse.
Es decir, si hay una falla en la regulación o supervisión, que amenace, por ejemplo, con llevar a una quiebra masiva del sistema financiero, será el Banco Central el que deba entregarle liquidez adicional, con todas las consecuencias de política monetaria que esto pudiese ocasionar.
Otros sectores de opinión podrían tener razones adicionales para considerar una mayor participación del Banrepública en la formulación, implementación y supervisión de la regulación bancaria. En funcionamiento desde 1923, es una de las instituciones gubernamentales de mayor tradición en Colombia, con buena reputación en cuanto a su profesionalismo y capacidad técnica.
El Banco Central es por mandato constitucional una entidad independiente. La influencia del ejecutivo principal es oblicua, a través del nombramiento que el Presidente de la República hace de sus codirectores. En cambio, la Superfinanciera depende directamente del Ministerio de Hacienda. La influencia gubernamental, en algunas situaciones, podría estar políticamente motivada y conducir a esquemas regulatorios o a intervenciones inapropiadas.
Lo más probable es que, cualquiera que sea la dirección que tomen los debates, después de la próxima reforma financiera, el Emisor tendrá funciones y/o responsabilidades adicionales a las actuales en lo referente a la supervisión de bancos, por lo menos en lo que tiene que ver con el 'riesgo sistémico'. A nivel internacional no existe un consenso en cuanto a la superioridad de un esquema sobre otro.
Con la crisis financiera, resultó en general conveniente una coordinación estrecha entre las medidas de intervención regulatoria y las de política monetaria, para máxima efectividad contra la crisis. Esto, por ejemplo, en el momento de ofrecer líneas especiales de liquidez al sistema financiero, permitiendo la utilización de un abanico más amplio de activos como garantías, sujeto a determinados cumplimientos normativos prudenciales por parte de los receptores de la ayuda.
Las reformas financieras son cada más vez frecuentes en todo el mundo, y esto desde antes de la crisis. Existen países consolidando la supervisión en una sola agencia, adscrita al poder ejecutivo, y países aumentando el rol supervisor del Banco Central. En los países donde se percibe como independiente del Gobierno en el manejo de la política monetaria, los legisladores han tendido a favorecer la primera opción. Esta es la que estarían buscando algunos legisladores demócratas en Estados Unidos.
En los países donde el Banco Central es visto como menos independiente, le son encomendadas mayores responsabilidades de supervisión. Para los políticos ceder el control de la política monetaria y de la implementación de la regulación financiera no es fácil.
Claro, nunca podemos olvidar que cualquier cambio debe realizarse pensando en las necesidades propias de cada economía, y sin perder de vista los objetivos fundamentales que debe cumplir el sistema financiero dentro del desarrollo económico. Estos son proporcionar abundantes recursos, a bajos costos, con largos plazos, al resto de la economía. Y en esto aún tienen un largo camino por recorrer tanto los intermediarios financieros como el mercado de capitales en Colombia. La solidez del sistema, por ahora, no está en cuestionamiento.