También aquellas que vengan de industriales y con fines de investigación. El reglamento fue dado a conocer por el Ministerio de Minas y Energía mediante resolución 180005 del 5 de enero.
La norma excluye las actividades que puedan generar desechos con contenido radiactivo que no sea susceptible de control, como el procesamiento de los materiales que contengan sustancias radiactivas de origen natural y que no hayan sufrido un proceso tecnológico de concentración o alteración de sus propiedades.
Entre otras medidas, el reglamento clasifica los desechos radiactivos en varias categorías: los exentos, que no acarrean mayores peligros; los de muy corta vida, con concentraciones de actividad por encima de los niveles de dispensa; los desechos de nivel muy bajo; los desechos de nivel bajo; los de nivel intermedio, y los desechos de nivel alto.
Para cada categoría se establece un manejo específico. En el caso de los desechos de nivel intermedio y alto se ordena su almacenamiento con el más alto grado de contención y aislamiento, y bajo cientos de metros en sitios geológicamente estables.