Es inminente que las Entidades Sin Ánimo de Lucro (Esal) serán sometidas a un apretón tributario en los próximos meses.
Hay consenso entre el Gobierno, la Comisión de Expertos Tributarios y analistas independientes, sobre la necesidad de echarles mano a nuevas fuentes de recursos para mitigar el déficit fiscal. Este proyecto será diferente a la reforma tributaria estructural que se presentaría en 2016.
En sus últimas intervenciones el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, ha dejado claro que, antes de presentar una reforma tributaria estructural, habrá un “capítulo” que implica hacer que fundaciones asociaciones, federaciones, corporaciones, entre otras entidades de este tipo, sean fiscalizadas adecuadamente y cumplan con sus obligaciones tributarias.
“Lo que está pasando en Colombia, como ha pasado en muchos otros países, es que esas Esal, se utilizan como fachadas para ocultar verdaderos negocios y para evadir impuestos”, dijo el ministro Mauricio Cárdenas, adicionando que el objetivo es “depurar” entre las entidades sin ánimo de lucro, aquellas que están haciendo bien su función social, que realmente tienen un propósito filantrópico, de las que están abusando de su condición y acceso al régimen tributario especial. Explicó además que este proyecto se hará previo a la reforma tributaria que ya se está estudiando por parte de la comisión de expertos y que si bien no tiene una fecha tentativa para presentarlo, la iniciativa se ejecutará pronto.
La propuesta estará basada en un estudio de expertos tributarios contratados por el Gobierno Nacional, donde se encuentran dos problemas principales en relación al tratamiento especial que se le está dando a varias ONG. Primero, que las condiciones establecidas en la norma son demasiado amplias y ello permite el acceso al tratamiento tributario especial de un sinnúmero diverso de entidades que eventualmente no cumplen bien con sus objetivos filantrópicos.
Segundo, no hay un adecuado control y supervisión del amplio universo de las Esal. En consecuencia, existen entidades que no cumplen con las condiciones requeridas pero que acceden al régimen tributario especial evadiendo las obligaciones que les impondría estar dentro del régimen tributario general.
El resultado de estos planteamientos deja claro que existe un problema de inequidad tributaria donde empresas similares reciben tratamiento tributario diferencial. En este sentido, “se identificaron Esal cuyos ingresos provienen en medida importante de actividades mercantiles como producción, importación y venta de bienes y servicios pero la totalidad de su actividad recibe el tratamiento tributario especial”, dijo el informe.
¿Pero en qué sectores operan estas entidades? y ¿cuánto dinero podría recaudar el fisco? Portafolio investigó acerca del tema y encontró que ni siquiera el Gobierno tiene información homogénea respecto a los anteriores interrogantes. Las cifras que maneja la Secretaría de Transparencia del Palacio de Nariño no coinciden en aspectos relevantes con las del Ministerio de Hacienda. “Aquí hay unos problemas de déficit de información muy importantes, yo creí que teníamos una información más o menos sólida de datos y cifras, pero tuvimos una reunión con el Ministerio de Hacienda y Colombia Compra Eficiente para verificar los datos y tenemos fuentes de información que nos están arrojando informaciones muy distintas aunque las cifras son dramáticas y el problema es gigante”, dijo el Secretarío de Transparencia de la Presidencia de la República, Camilo Enciso.
Así la situación, el Secretario explicó que como no se tiene identificado el universo, entender qué recursos debe utilizar el Estado para vigilarlo es difícil. “Uno no puede hacer política pública responsable sin información”.
Colombia carece de una entidad que regule a todas las entidades sin ánimo de lucro, hecho al que se le suma la dificultad para encontrar información concreta sobre el tema.
Actualmente, todas las Esal hacen parte del régimen tributario especial que las exime de pagar el Cree (Contribución Económica para la Equidad) recientemente creado por el Gobierno. Pero esto no las excluye de ser retenedoras de fuente, pagar el IVA, el Impuesto de Industria Comercio y Avisos o parafiscales.
Según cifras entregadas por la Dian a RCN Radio, “para el año 2013 (información más reciente) las Entidades Sin Ánimo de Lucro, pagaron 130 mil millones de pesos en impuestos nacionales. El total de ingresos (en su mayoría donaciones nacionales e internacionales) fue de 109.041 billones de pesos y egresos por 102.258 billones. Esta es la única aproximación concreta que se tiene sobre el tributo de este tipo de entidades”.
Teniendo en cuenta la falta de información, este diario insistió en tratar de encontrar datos concretos de lo que han dejado de tributar ciertas ONG, y habló con el ex ministro de hacienda y miembro del Comité de Expertos Tributarios, Guillermo Perry. El experto no quiso pronunciarse sobre el tema y lo único que pudo asegurar es que finalizando el mes de agosto la comisión publicará un segundo informe con datos más detallados sobre el tema.
Sin embargo, de acuerdo con los cálculos de la comisión de expertos tributarios presentados en el primer informe, en el 2018, sin reforma tributaria y con el mismo gasto público de hoy, el país tendría faltantes fiscales por 11 billones de pesos, cifra que ascendería a 22 billones en el 2020. Cabe recordar que para esas fechas está prevista la desaparición de algunos impuestos, lo que golpeará aún más la evolución del recaudo tributario. Es el caso del impuesto a la riqueza para las empresas, que expirará en el 2018 y la sobretasa del Cree.
MEJORES PRÁCTICAS IDENTIFICADAS EN OTROS PAÍSES
En relación con el tratamiento tributario de las Esal, el comité de expertos identificó una serie de mejores prácticas usadas en otros países que pueden ayudarle a Colombia a vigilar el sector. Entre ellas se encuentran:
a) El control de la entidad desde la formación de la misma mediante vigilancia de alguna entidad del Estado y la autoridad fiscal.
b) Definición clara de la actividad exenta.
c) Límite a actividades comerciales desarrolladas por la entidad en general a porcentaje por debajo del 40% de sus ingresos totales.
d) Controles a donaciones y exigencia de varios requisitos para que el donante pueda deducir de su renta este gasto.
e) Límite de gastos administrativos como porcentaje de los ingresos.
Cristóbal Vásquez
crivas@eltiempo.com