El Decreto 2175 - 07, que les da vida a Fondos de Capital Privado, los define como carteras colectivas cerradas que deben destinar dos terceras partes de su dinero a la adquisición de activos que no estén inscritos en Bolsa. Y, dice que para constituir esos fondos no se requiere autorización de la Superfinanciera, lo que para Anif genera un arbitraje regulatorio, pues estas son las únicas carteras colectivas a las que no se les hace esa exigencia.WILABR
Finanzas
08 sept 2008 - 5:00 a. m.
Regulación desigual para fondos de capital
Regulación desigual para fondos de capital
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