El primero. Que los decretos van en contravía del derecho a la salud y disminuirán los contenidos del POS. No es cierto. Los decretos se encuentran alineados con la definición del derecho a la salud de la Sentencia T 760 de la Corte Constitucional y con la desarrollada en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que hace parte del bloque de constitucionalidad del Estado colombiano. Tampoco disminuirán los servicios adquiridos por los ciudadanos con el POS que existe, pues indican una metodología para su mejoramiento sin modificar los contenidos de éste establecido desde la Ley 100 en su Artículo 162. El segundo. Que los decretos impiden la autonomía de los médicos. Tampoco es cierto. Las normas plasman la orientación señalada por la Asociación Médica Mundial desde el año 2005 para establecer la autorregulación médica, como el mecanismo que fortalezca la autonomía profesional de los facultativos. Ganan los médicos, ya que serán pares los que revisen y decidan en los comités técnicos sobre las intervenciones no contenidas en el POS. Igual, serán las asociaciones médicas las que definan los estándares dentro de los cuales se ejercerá la profesión en el sistema. Serán médicos los que formarán parte del Órgano Técnico Científico y los Tribunales de Ética Médica juzgarán las intervenciones que se aparten sin justa causa de los estándares establecidos por las asociaciones. No habrá intromisión de gerentes de EPS, ni de IPS, ni tampoco de las entidades administrativas, como sucede ahora. Tercero. Que los decretos obligan a los usuarios a pagar de su bolsillo para recibir los servicios de salud. También es incorrecto. En el año 91, el 44% del gasto total en salud lo pagaba los ciudadanos directamente de su bolsillo a los médicos y a las clínicas privadas, que atendían apenas al 17% de la población. Ahora existe una cobertura superior al 90% y ese gasto de bolsillo es el 6,4% del total. El menor en las Américas; más bajo que el de Cuba. Los decretos reconocen esa situación y abren posibilidades para que mediante seguros voluntarios, los colombianos cofinanciemos servicios que puedan estar incluidos o no en el POS; los copagos que existen en todos los países del mundo, inclusive en los que tienen modelos de salud estatizados. Las medidas adoptadas en el marco de la Emergencia Social consiguen más recursos financieros para el sistema de salud, mejoran el flujo de los recursos, eliminan barreras de acceso para los ciudadanos, logran la cobertura del aseguramiento de toda la población a lo largo y ancho del territorio nacional, permiten la portabilidad del seguro entre subsidiado-contributivo, y pretenden que los hospitales públicos tengan mayor calidad y se alejen del clientelismo en el que muchos se encuentran. De estar en los zapatos de un candidato presidencial hoy en Colombia, leería con cuidado las nuevas normas y estaría con los dedos cruzados y las velas encendidas rogando a Dios para que la Corte Constitucional no las derogue, porque si lo hace, el próximo Presidente las tendrá muy difícil con la situación que enfrentará el sector salud sin ellas, y tratando de aprobarlas en un Congreso presionado por intereses particulares. galanau@cable.net.co *Ex ministro de Salud "Con la salud, los candidatos presidenciales tienen que andar con pies de plomo y no aventurarse a declaraciones y propuestas que linden con la demagogia o que evidencien la ignorancia sobre el asunto".ADRVEG
Finanzas
11 mar 2010 - 5:00 a. m.
Salud para los candidatos presidenciales
Con la salud, los candidatos presidenciales tienen que andar con pies de plomo y no aventurarse a declaraciones y propuestas que linden con la demagogia o que evidencien la ignorancia sobre el asunto. Varios mitos existen, exagerados por los intereses particulares expuestos ante los decretos de Emergencia Social, expedidos el 21 de enero pasado. Veamos tres.
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