"Ya han pasado quince años desde la expedición del Decreto Ley 356 y no hay duda de que el entorno no es el mismo. Es más complejo, hay más hombres dedicados a la vigilancia (cerca de 1.700), más necesidades y nuevos negocios que requieren un manejo especial", dijo el funcionario, quien destacó algunos puntos de la normatividad que cursa en el Congreso.
Es vital, por ejemplo, que no haya más departamentos de seguridad de personas naturales sino jurídicas y tras ese objetivo, la Superintendencia logró reducirlos de 1.300, en el 2006, a 813, a la fecha. "Y el proceso sigue", anotó el Muñoz, quien recordó que el manejo que se le estaba dando afectaba la confiabilidad de la seguridad pública.
Para el funcionamiento de las organizaciones de vigilancia privada, como el proyecto sugiere identificar a las empresas que a la fecha trabajan legalmente en este negocio, el proyecto de ley las obliga a hacer la solicitud a la Superintendencia, previo cumplimiento de algunos requisitos, entre ellos, certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica, presupuesto estimado para su funcionamiento y dirección, entre otros.
Muñoz recuerda que el proyecto radicado tiene al Conpes No. 3521 de este año como antecedente. Allí señala la necesidad de que "la Supervigilancia pueda, con la reserva del caso, compartir información con los organismos de inteligencia e investigación del Estado, que le permita en los proceso de licenciamiento y en el ejercicio del control, convalidar las actuaciones y antecedentes de sus vigilados".
Esto, precisamente, se consolida con la presentación de la iniciativa, que tiene un capítulo para las redes Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana (RASC), estrechamente relacionadas con el papel de la vigilancia privada en la seguridad ciudadana para la prevención y la detección temprana de la comisión de delitos.
En efecto, "el Presidente Álvaro Uribe creó estas redes a través del Decreto 3222 del 2002, como mecanismo para que los más de 170 mil guardas estén conectados, en todas las ciudades del país con la Policía Nacional, suministrando información sobre hechos que pueden generar algún tipo de alertas, y a la fecha ya suman 38".
Por su parte, en el sector residencial -edificios y conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal- también hay cambios, pues se les da vía libre a los servicios comunitarios. "Queremos que las copropiedades se organicen a través de esta figura. Que si requieren de un conserje, por ejemplo, lo hagan previo cumplimiento de algunos requisitos".
El Superintendente cita un aparte del proyecto, según el cual "los miembros de estos servicios deben ser personas naturales o jurídicas, residentes o propietarios de vivienda en el área de operación del servicio, agrupados bajo una organización con personería jurídica.
Además, tendrán que operar con animales, vigilancias humana y electrónica, pero sin armas de fuego y letales", advierte Muñoz, quien recuerda que el registro de los miembros en la Superintendencia será obligatorio.
"La norma -que se concreta luego de un año de aportes de los diversos sectores- también sugiere procedimientos con el ministerio de Protección Social para atender quejas laborales, refuerza la creación de un seguro de vida para cubrir riesgos y apoya la capacitación de los vigilantes", concluye el funcionario.
Entre líneas...
- En aras de fortalecer a la Superintendencia (que solo vivía del presupuesto), la Supervigilancia impulsó una contribución por parte de las Organizaciones de Vigilancia Privada (OVP) que les permitió recaudar, en su primera fase, 8.200 millones de pesos, 10 por ciento más que el presupuesto de la entidad.
- Hacia el 2009, las OVP deberán aportar 80 por ciento, como parte de la contribución, mientras que en el 2010 se espera que la Superintendencia se financie, ciento por ciento, gracias a este recaudo.
- Para el arrendamiento de vehículos blindados, actividad desarrollada por las OVP, se requiere autorización de la Supervigilancia con base en los requisitos contemplados en el proyecto de Ley.
- Hoy, el capital extranjero hace presencia en empresas de transporte de valores, pero también en firmas de vigilancia y seguridad privada, todas constituidas antes de 1994. La iniciativa contempla el ingreso de capital extranjero con un doble propósito: generar igualdad de condiciones que estimule la sana competencia y, segundo, crear fuentes alternas de recursos que promuevan el desarrollo empresarial.
- Al consultarle sí el proyecto trata el tema de los horarios de los vigilantes, Muñoz enfatizó que la Superintendencia no tiene competencia en este tema, que es del resorte del Minprotección y que, a la fecha, todo esta enmarcado en la ley laboral. "Los vigilantes se quejan porque con el horario legal no les pagan lo que es. Ahí está la responsabilidad de las OPV..."
- Sobre las tarifas, el funcionario citó el artículo 81 del proyecto de ley que dice: "... La Superintendencia regulará los precios del mercado a través de la fijación de unas tarifas mínimas determinadas para el desarrollo de las actividades de vigilancia privada, que deberán garantizar como mínimo, la posibilidad de reconocer a los trabajadores del sector, el salario mínimo legal mensual vigente, las horas extras, los recargos nocturnos, prestaciones sociales, los costos operativos inherentes al servicio y demás prestaciones de Ley.
- Y agrega en un parágrafo que "para el sector residencial se considerarán las particularidades especiales del desarrollo de esta actividad así como algunos criterios determinados por los estratos y números de unidades residenciales que acceden a estos servicios".