En un fallo de tutela, la Corte Constitucional le dio un nuevo espaldarazo a las madres comunitarias del país y dio un ultimátum para que se les pague lo que considera ‘su deuda histórica’.
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Ordena al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) que “en el término de tres meses siguiente a la notificación de esta providencia (...) se reconozcan y paguen a nombre de Gloria Solano los aportes parafiscales en pensiones faltantes al Sistema de Seguridad Social por el tiempo efectivamente acreditado como madre comunitaria”.
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Esto quiere decir que Gloria Solano y otras 87 madres comunitarias tutelantes recibirán dichos beneficios, que deben cubrir desde el 29 de diciembre de 1988 (o desde la fecha en que, con posterioridad, se haya vinculado al programa) hasta el 12 de febrero del 2014, o hasta la fecha en que con anterioridad haya estado vinculada a dicho programa.
“Tales aportes deberán ser consignados al fondo de pensiones en que se encuentre afiliada o desee afiliarse la referida accionante”, agrega el documento.
En su momento, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar impugnó el fallo de primera instancia de la Corte Constitucional, argumentando que esto afectaría las finanzas de dicha entidad. Por su parte, desde la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado se celebró que la providencia no incluía salario y prestaciones sociales, sino solamente aportes a pensión.
“Este es un fallo que, además de respetar los derechos sociales de las madres comunitarias, atiende los criterios de responsabilidad fiscal y esto último es bastante importante porque si no hay responsabilidad fiscal pues no hubiera podido continuar el programa”, afirmó Guillermo Vélez, director de esta Agencia.
Además, el funcionario recalcó que con esta decisión, la Nación se ahorró cerca de 17 billones de pesos, que en plata blanca representa tres veces de todo el recaudo de la última reforma tributaria. “Igualmente, esto habría llevado a que se acabara el programa”, concluyó.