El 6,4% del área continental colombiana, un total de 7’278.964 hectáreas, tienen el potencial para convertirse en Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres), indicó el Departamento Nacional de Planeación (DNP). Este terreno es igual de extenso al total del área cultivada actualmente en el país.
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Las más grandes extensiones, según el documento Conpes 3917 que fue aprobado hace pocos días, están en Vichada, Meta, Córdoba, Magdalena y Casanare, que suman el 85% del área señalada. Sin embargo, la entidad indicó que estas zonas referenciadas no pueden considerarse como la delimitación ni la aprobación de las Zidres.
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Más bien –añadió el DNP– presentan el potencial, pues cumplen con las condiciones legales y con las recomendaciones de la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (Upra), relacionadas con la aptitud agrícola, pecuaria, forestal y piscícola.
Sin embargo, esa definición que quedó en el Conpes será el insumo básico de los procesos de constitución de las futuras Zidres que se establezcan en el país.
De todos modos, dentro de las mismas áreas potenciales deben tenerse en cuenta algunas restricciones.
Entre estas se cuentan las más de 32,1 millones de hectáreas que hacen parte de los resguardos indígenas, 851.010 hectáreas que son zonas de reserva campesina ya establecidas, los 5,7 millones de hectáreas que corresponden a territorios colectivos de comunidades negras titulados y las 10,1 millones de hectáreas de las tierras catalogadas como Reserva de la Ley 70 de 1993.
Esta última les reconoce a las comunidades negras la ocupación de tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la cuenca del Pacífico.
También pesan restricciones sobre parques nacionales (13.010.881 hectáreas), reservas forestales y naturales (916.585 hectáreas), Parques naturales regionales (500.278 hectáreas) santuarios de flora y fauna y otras figuras de tipo ambiental (páramos y humedales) que presenten riesgo para los ecosistemas.
LAS TRES FASES
La primera consiste en la identificación de las áreas que tienen potencialidad para ser consideradas como tales y adelantar los procesos para su aprobación. Esto ya hace parte del contenido del Conpes 3917.
La segunda etapa del proceso involucra la identificación del área específica, labor que debe hacerse de la mano de las autoridades civiles que tengan jurisdicción allí mismo. Para ello es necesario informar, concertar y coordinar.
La tercera fase corresponde a la aprobación de las Zidres por parte del Gobierno nacional, a partir de su delimitación, el plan de desarrollo rural integral y la presentación de los proyectos productivos propuestos.
ESTAS SON LAS ZIDRES
Según la Ley 1776 que las creó, son territorios con aptitud agrícola, pecuaria, forestal y piscícola, identificados por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (Upra), alejados de los centros urbanos, donde podrán ejecutarse proyectos de producción agraria de tipo formal, teniendo en cuenta la inserción del recurso humano, bajo criterios de desarrollo sostenible.
El Decreto 1273 de 20163 reglamenta los procedimientos sobre su identificación y delimitación.
Para constituir las Zidres es necesario el cumplimiento de cinco requisitos definidos en la Ley 1776 de 2016.
En primer lugar, que se encuentren aisladas de los centros urbanos más significativos; a lo anterior se suma que demanden elevados costos de adaptación productiva por sus características agrológicas y climáticas; en tercer lugar, que tengan baja densidad poblacional.
Un cuarto aspecto indica que presenten altos índices de pobreza y, por último, que carezcan de infraestructura mínima para el transporte y la comercialización de los productos.
Entre otros aspectos, las Zidres promoverán la inclusión social y el desarrollo de infraestructura, y deberán priorizar las iniciativas destinadas a la producción de alimentos.
También buscan el desarrollo social y económico y permitir la creación de esquemas asociativos entre los productores rurales y los empresarios.