Ya el Gobierno tiene en sus manos uno de los insumos clave para el diseño de la esperada reforma tributaria estructural.
Se trata del informe final de la Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad Tributaria, que en más de 200 páginas hace un diagnóstico sobre el sistema impositivo actual y los ajustes que necesita.
Teniendo en cuenta que las cargas están mal distribuidas y que la estructura es compleja, uno de los principales planteamientos es simplificar los tributos a personas naturales y empresas, eliminando gravámenes creados recientemente como Cree, Iman, Imas, y riqueza, pero dejando un solo impuesto de renta y ampliando la base.
Entre tanto, propone un incremento del IVA general del 16 al 19 por ciento y reducir la lista de bienes excluidos de este gravamen.
También incluye poner a pagar a las entidades sin ánimo de lucro y elevar impuestos a los cigarrillos, licores y la gasolina.
Ahora, el paso siguiente será ver cuáles de las recomendaciones de la Comisión serán acogidas por el Ejecutivo para incluirlas en su proyecto de ajuste tributario estructural, que presentará ante el Congreso en marzo.
ADIÓS AL CREE, RENTA Y RIQUEZA: EMPRESAS PAGARÍAN UN SOLO IMPUESTO
El diagnóstico para las empresas es poco alentador: hay una gran desigualdad en el tratamiento entre sectores y compañías, son pocas las que pagan y el peso es mayor para quienes no cuentan con beneficios de zonas francas, contratos de estabilidad jurídica o exenciones importantes.
Ante la pérdida de competitividad que han tenido las empresas por esta situación, la Comisión señala que la tributación a las empresas debe ser más sencilla y eliminar los desincentivos a la inversión y al crecimiento.
En ese sentido, plantea eliminar el Cree y su sobretasa, el impuesto de renta y complementarios y el del patrimonio (riqueza) y crear un solo tributo.
Este sería el Impuesto a las Utilidades Empresariales (IUE), que sería una tarifa única de entre 30 y 35 por ciento, dependiendo del análisis que haga el Gobierno sobre el tema.
Dicho tributo se basaría en las utilidades contables que se calculan utilizando las Normas Internacionales de Información Financiera (Niif), que ya están en proceso de adopción por parte de las firmas colombianas.
La idea es facilitarle los trámites a las empresas y darles más certidumbre a los empresarios, permite que haya un tratamiento uniforme y además frena el uso de exenciones, deducciones y otros mecanismos relacionados con la generación de utilidades.
Aquí, la Comisión recomienda que solo puedan descontarse los impuestos pagados en el exterior, el 20% del valor de los gastos en investigación, desarrollo e innovación y el 30% de las donaciones a empresas sin ánimo de lucro.
Otro de los planteamientos es elevar el impuesto sobre la renta presuntiva de 3 a 4 por ciento, y gravar las ganancias ocasionales como renta ordinaria.
Igualmente, los dividendos serán gravados, y en el caso de las personas jurídicas podrán tener un descuento del 20 por ciento. Y, cuando se reparten estos recursos a sociedades cerradas o extranjeras, le harán una retención del 15 por ciento, pero la idea es que no haya doble tributación.
ELEVAR EL GRAVAMEN A LOS COMBUSTIBLES
La Comisión de Expertos señala que en Colombia los impuestos a los combustibles son bajos frente a estándares internacionales. "Existe un amplio espacio para aumentar dichos tribu- tos, lo cual tendría efectos positivos sobre el medio ambiente y permitiría allegar recursos para la financiación de infraestructura". Así, propone un incremento inicial de 30% en el impuesto nacional a los combustibles, que hoy es el 12%, y sugiere equiparar las sobretasas de la gasolina y del diesel.
El informe sostiene que las circunstancias actuales son propicias para la adopción de estas decisiones, en la medida en que los precios de estos productos han bajado, lo cual permitiría que el aumento en el impuesto no se reflejara en mayores precios al consumidor y sí ayudara en cambio a compensar parcialmente la caída en los ingresos del Gobierno Nacional y de los entes territoriales.
MÁS TRABAJADORES Y HASTA PENSIONADOS PAGARÍAN IMPORRENTA
En Colombia, es poco lo que las personas naturales ponen a la hora de pagar impuestos. Por eso, la Comisión de Expertos plantea que haya más gente contribuyendo con base en sus ingresos, y también en lo que consume.
Aunque en los ajustes tributarios realizados en los últimos años se elevó la base, la realidad es que no fue suficiente y peor aún, el mecanismo se hizo más complejo.
Así las cosas, el documento del grupo de expertos sobre a los impuestos a los trabajadores consta de varias partes. Al igual que en las empresas, plantea eliminar el Iman y el Imas, dejando un solo impuesto a la renta.
La Comisión insiste en ajustar las tarifas que existen, teniendo en cuenta que hay pocos rangos y que es muy abrupto el salto entre quienes no pagan y la primera tarifa.
En ese sentido, plantea reducir la base a quienes ganan desde 1,5 millones de pesos al mes, con tarifas muy bajas (hoy es desde 2,4 millones de pesos mensuales).
La idea es que la tarifa a pagar aumente progresivamente, hasta un máximo de 35 por ciento para quienes devengan salarios superiores a 8,6 millones de pesos mensuales.
Según el informe, si bien esto ayudaría a aumentar en 3 millones de personas el número de contribuyentes, “un poco más del 80% de la población trabajadora seguiría sin tributar”.
En este impuesto, también habría un cambio en la clasificación de las personas. Ya no sería por actividad (empleados, trabajadores por cuenta propia y otros), sino por rentas de trabajo (salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, etc.) y otras rentas.
Por otra parte, la propuesta de la Comisión habla de limitar el uso de los beneficios para lograr deducciones, que según el documento tienen un costo fiscal de 3,5 billones de pesos al año.
Aquí, no se trata de eliminar alguno en particular (pagos de intereses de vivienda, dependientes, aportes), sino de imponer un tope de 35 por ciento de los salarios e ingresos derivados del trabajo y de 10 por ciento de las rentas líquidas, siempre y cuando no superen los 4.500 UVT (unos 133,8 millones de pesos).
Por otra parte, la propuesta incluye gravar a las pensiones altas con las mismas condiciones que los salarios. Como se recuerda, el 80 por ciento de las pensiones sin inferiores a dos salarios mínimos, y estas quedarían por fuera.
Según el documento, los dividendos, deberían incorporarse como ingresos gravables en la renta ordinaria de personas naturales.
TARIFA GENERAL DEL IVA DEBERÍA SUBIR DEL 16 al 19%
En los análisis que han realizado múltiples centros de estudio locales e internacionales, el IVA aparece como uno de los frentes donde hay espacio para ajustes.
De hecho, la Comisión de Expertos considera que la lista de bienes excluidos o exentos de este gravamen en Colombia es mayor a los estándares internacionales y por eso, plantea cinco tarifas e incluir bienes y servicios intangibles como software, marcas, patentes y bases de datos, entre otros.
La primera corresponde a los bienes no gravados (conocidos hoy como excluidos), la cual mantendrá solo a los servicios de salud, educación, transporte público de pasajeros y consumo vital de servicios públicos.
La segunda es la de bienes gravados al 0% (hoy se llaman exentos) y estáría conformada solo por bienes y servicios exportados.
La tercera es una tarifa de 5%, a la que entrarán bienes como frutas, hortalizas, medicinas libros y cuadernos, leche y queso fresco, maíz, arroz, huevos, pescado, camarones, carne, entre otros.
Entre tanto, pasarán a tener una tarifa de 10 por ciento los computadores personales, dispositivos móviles, boletas de eventos, gas natural, biodiesel, etanol, transporte de carga, internet en los estratos 1,2 y 3, entre otros.
Y en la tarifa general quedarán las aguas minerales, hielo y nieve, armas y municiones, publicidad, los servicios de las peluquerías, el software, marcas, patentes, franquicias, cobros del sector financiero, la medicina prepagada y todo lo que hoy tiene tarifa del 16%.
LAS COOPERATIVAS DEBEN SER SOMETIDAS AL RÉGIMEN ORDINARIO
La Comisión de Expertos Tributarios propone que las entidades sin ánimo de lucro, es decir, asociaciones, fundaciones y corporaciones, sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, conforme a las normas aplicables a las sociedades limitadas, salvo las que se califiquen expresamente en el Estatuto Tributario como no contribuyentes y aquellas que soliciten y sean admitidas al Régimen Tributario Especial (RTE).
Para figurar en este grupo, se deben cumplir unos requisitos y desarrollar actividades que sean de interés general y a las que tenga acceso la comunidad.
Se propone limitar el desarrollo de actividades mercantiles y dejar exentas las donaciones recibidas por las ESAL pertenecientes al RTE y a su vez serán descontables para los donantes que tengan la calidad de contribuyentes del impuesto sobre la renta (o del nuevo impuesto sobre las utilidades empresariales.
El informe dice que las cooperativas pertenecen hoy al Régimen Especial a pesar de que operan dentro del mercado, ofreciendo bienes y servicios en clara competencia con el sector empresarial con ánimo de lucro. “Si bien, por pertenecer al sector solidario el legislador podía concederles un trato especial, no deben pertenecer al RTE”.
“Los expertos dicen que la Dian no ejerce control sobre este tipo de entidades, en consecuencia, los beneficios tributarios son concedidos a estas entidades simplemente por el hecho de constituirse como ESAL”. Las cooperativas incluidas actualmente en el RTE reembolsan los aportes y distribuyen excedentes a sus asociados (Circular Externa 7/2009 de la Superintendencia de la Economía Solidaria).
“En consecuencia, no pueden hacer parte del RTE, sino que deben estar sujetas al régimen ordinario aplicable a las sociedades limitadas, sin perjuicio de evaluar si deben tener una tarifa reducida”.
LOS FONDOS
Según la Comisión de Expertos, los fondos constituyen formas de ahorro e inversión pero ninguno tiene la estructura jurídica de una ESAL, por tanto, no pueden pertenecer al Régimen Especial.
“La ley debe establecer requisitos legales para la admisión de las ESAL al RTE desde su creación, de manera que cuando se les asigne el RUT se verifiquen y exijan requisitos y condiciones mínimas que las hacen merecedoras al tratamiento tributario particular del Régimen Especial, y en consecuencia, admitidas y clasificadas en el RUT como entidades pertenecientes al RTE”.
Señalan que para controlar el abuso de distribuciones indirectas o la simulación de donaciones se recomienda adoptar una cláusula general antielusión para las ESAL, que les permita recalificar las operaciones para efectos tributarios.
Las ESAL quedarán sujetas a la vigilancia y control por la Superintendencia de Sociedades, con los mismos rangos exigidos para las sociedades comerciales, excepto aquellas vigiladas por otra superintendencia, para asegurar que cumplen con los reportes financieros, condiciones de gobierno corporativo, control de lavado de activos, prevención de actividades terroristas, entre otros, pues la vigilancia de municipios y gobernaciones es inoperante.
GRAVAR MÁS A CIGARRILLOS Y LICORES
En la actualidad hay vigentes 13 tributos departamentales, 20 municipales y por lo menos 24 gravámenes y contribuciones, sin contabilizar dentro de estos las estampillas que existen con distintas variantes regionales y locales.
Sin embargo, a pesar del elevado número de tributos, tanto en los departamentos como en los municipios, la mayor proporción del recaudo se concentra en unos impuestos.
La Comisión recomienda definir de manera expresa las competencias en materia tributaria de la Nación y de los departamentos y los municipios, por la vía legal o constitucional. También propone revisar y actualizar el sistema tributario territorial, lo cual no se hace desde 1983.
En cuanto a los impuestos departamentales, la Comisión propone aumentar gradual pero significativamente el impuesto al consumo de cigarrillo y tabaco, revisar la estructura de los impuestos a la cerveza y los licores, y evaluar la posibilidad de introducir un impuesto sobre las bebidas azucaradas.
Adicionalmente, la Comisión recomienda revisar la estructura del impuesto sobre los vehículos, de manera que su diseño responda no solo a razones de recaudo, sino también a consideraciones ambientales.
Las recomendaciones de la Comisión en materia de impuestos municipales se centran en el impuesto predial y en el ICA.
En cuanto al primero, se resalta la urgencia de adoptar todas las medidas necesarias para una actualización catastral.
Respecto al ICA, siguiendo las sugerencias del Banco Mundial, la Comisión hace recomendaciones con el objetivo de simplificar el impuesto buscando una reducción en la dispersión de tarifas.
Tanto para el caso de departamentos como para el de municipios, se recomienda la revisión de los impuestos de menor importancia, tales como degüello, tasa bomberil, alumbrado público y avisos y tableros, entre otros.
MANTENER EL 4 x 1.000 POR SER UN IMPUESTO MUY FÁCIL DE RECAUDAR
De acuerdo con los diagnósticos, la Comisión entiende que el gravamen a los movimientos financieros conocido también como el 4 x 1.000 tiene efectos negativos sobre la intermediación financiera. “Sin embargo es un impuesto de fácil recaudo que genera recursos importantes al fisco y cualquier otro tributo que sustituyera su recaudo también tendría efectos nocivos sobre la actividad económica”.
Los expertos reiteran que la intermediación financiera no está gravada con IVA y proponen que se mantenga de esa manera, es decir, exenta.
Afirman además que “con el fin de aliviar parcialmente los efectos distorsionantes del impuesto, se sugiere al Gobierno aumentar la deducibilidad al 100% en el impuesto de renta para las empresas en el momento en que las finanzas públicas lo permitan.
El porcentaje de deducción del IVA del impuesto de renta de las empresas se encuentra hoy en el 50%.