Determinar quién debe responder por las nuevas inversiones que se deben hacer en contratos de infraestructura de Asociaciones Público Privadas (APP), que surgen por cambios en las normas, es una discusión que la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI) ha vuelto a poner sobre la mesa.
De acuerdo con Juan Carlos Quiñones, vicepresidente jurídico de esta organización, es necesario revisar y cambiar la política pública en dicha materia, para aclarar las reglas de juego y, como consecuencia, promover la inversión, sobre todo en infraestructura aeroportuaria.
(Conpes autorizó créditos para la primera línea del Metro de Bogotá).
En concreto, Quiñones señala que actualmente los documentos Conpes que hablan sobre la asignación de riesgos en contratos de APP, y la ley 1508 de 2012, se contradicen en ciertos puntos.
Entendiendo los ‘riesgos’, como las situaciones que pueden afectar el tiempo de ejecución de un proyecto y/o los costos del mismo.
“Lo que hemos estado diciendo es que hay que modificar los documentos de política pública Conpes, particularmente en materia de infraestructura aeroportuaria, para que sean coherentes con la legislación que existe desde el 2012 con la ley de APP. Sobre todo, por la lógica financiera que hay detrás de la estructuración de estos proyectos”, dijo el directivo.
LOS DOCUMENTOS EN CUESTIÓN
La ley de APP en el artículo cuatro, dice que los riesgos deben ser asignados de manera eficiente, “atribuyendo cada uno de ellos a la parte (Estado o concesionario) que esté en mejor capacidad de administrarlos, buscando mitigar el impacto -por- la ocurrencia de los mismos”.
Por otro lado, el Conpes 3107 de 2001, especifica que “como regla general, este riesgo -regulatorio- debe ser asumido por el inversionista privado, con excepción de los casos de contratos donde se pacten tarifas”.
Entonces, según la lectura de Quiñones, “a pesar de que en principio se establece que el riesgo se le debe asignar a la parte que está en mejor condición de administrarlo, en cuanto a los cambios regulatorios, la regla general es que esa responsabilidad se le asigna al privado. Lo que consideramos incoherente”.
Desde el punto de vista de la CCI, cuando una norma entra en vigencia y se debe invertir para cumplir con nuevos requerimientos técnicos o de seguridad, esos costos afectan la estructura financiera del proyecto. Básicamente porque no habían sido contemplados desde un principio y no se pueden prever.
Además, consideran según su interpretación de este marco jurídico, que el actor que está en mayor capacidad de responder por los cambios regulatorios es el Estado, porque es esta misma institución la que crea o adopta las reglas.
“Para financiar un proyecto los consorcios tienen que ir a los bancos a pedir créditos, quienes generalmente prestan el 70% del total de la obra. Pero si no se tiene claridad sobre los gastos que va a tener ese proyecto, los bancos consideran que hay una incertidumbre que, en últimas, puede poner en riesgo el pago de esos créditos”.
En otras palabras, según Quiñones, los bancos pueden considerar que tener que pagar nuevos rubros mientras se ejecuta la concesión, puede afectar la solvencia del proyecto y posiblemente el consorcio podría llegar a faltar con sus obligaciones.
Un ejemplo, de acuerdo con la visión del abogado, es el Reglamento Aeronáutico de Colombia, que adopta nuevos lineamientos de la OACI con frecuencia, lo que aumenta los costos operativos de las concesiones aeroportuarias.
No obstante, el directivo señaló que en este momento el Gobierno, encabezado por el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Hacienda, está trabajando en la estructuración de un nuevo documento Conpes donde se aclararía este panorama. Lo anterior fue confirmado por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) a Portafolio.
LA POSICIÓN DE LA ANI
De acuerdo con Poldy Osorio, vicepresidenta de estructuración de la ANI, esto se encuentra en análisis del Minhacienda.
“Vamos da dar una discusión pero aterrizada a las experiencias. Los interesados quisieran que el Estado asuma cualquier riesgo regulatorio y nosotros vemos que no necesariamente tiene que ser así. En contratos anteriores, solo algunos lo tenían y de forma limitada. Además, consideramos que el hecho de invertir en ese tipo de adecuaciones puede aumentar la demanda, por lo que se compensa, y así, los privados pueden absorber ese riesgo”.
Adriana Carolina Leal Acosta
adrlea@portafolio.co