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Economía

05 sept 2018 - 9:47 p. m.

Mintrabajo alista distribución de recursos del Fosfec en 2018

Según la propuesta, los recursos de este fondo podrán destinarse no solo a la protección al cesante, sino también al emprendimiento.

Emprendimiento

La capacitación para la reinserción laboral y el emprendimiento tendrán más recursos.

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Portafolio
05 sept 2018 - 9:47 p. m.

El Ministerio del Trabajo publicó recientemente en su página web, el proyecto de resolución por medio de la cual adopta la distribución anual de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC). La entidad recibirá comentarios y aportes al correo electrónico lricaurte@mintrabajo.gov.co, hasta el próximo 10 de septiembre.

El Fosfec es uno de los componentes del Mecanismo de Protección al Cesante junto al Servicio Público de Empleo, los programas de capacitación y las cuentas de cesantías de los trabajadores. Fue creado en 2013 por la Ley 1636 con la finalidad de articular y ejecutar un sistema integral de políticas que protejan a los trabajadores en caso de quedar desempleados, mitigando los efectos económicos y buscando mejorar las posibilidades de reintegración al mercado laboral.

Dentro del andamiaje del mecanismo, la administración del fondo le corresponde a las cajas de compensación familiar. Según el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, estas podrán apropiar los recursos de conformidad con la “Resolución de Distribución de Recursos del Fosfec” que dicte anualmente el Ministerio de Trabajo. Dicha distribución debe basarse en información sobre la dinámica del mercado laboral, el funcionamiento de los componentes del mecanismo y el comportamiento de los recursos de cada subcuenta del fondo, entre otros.

¿QUÉ SE REGLAMENTA?

El proyecto regulatorio para la vigencia 2018 toca varios asuntos. Primero, indica que el saldo de recursos no ejecutados en 2017 solo podrá ser utilizado para atender programas y beneficios según los lineamientos fijador por el Ministerio de Trabajo en el marco del Mecanismo de Protección al Cesante.

Segundo, mantiene la estructura de comisiones por administración del fondo establecida en el artículo 6º de la Resolución 531 de 2014, la primera que se expidió para definir la distribución de recursos del Fosfec. Estas comisiones son porcentajes apropiados por las cajas de acuerdo con su cumplimiento de las metas de colocación de empleo (personas desempleadas que obtienen una contratación), y de gestión de ahorro de las cesantías, relativas a la cantidad de trabajadores que manifiestan su voluntad de ahorrar.

Finalmente, para atender los gastos de administración, en el artículo 5º se categorizan las cajas en tipo I, II o II, según una fórmula que relaciona los recursos recaudados para el Fosfec en cada caja, así como el promedio de recursos recaudados para la totalidad de las cajas de dicho fondo en la vigencia inmediatamente anterior. En esta clasificación, se indican los porcentajes para gastos de administración con los que cada tipo de caja puede contar.

GASTOS OPERATIVOS 

Con el objetivo de atender los servicios a cargo del fondo, el proyecto indica que la diferencia que resulte entre el monto recaudado para la financiación y apropiación de gastos administrativos de cada mes, debe ser distribuida en cinco conceptos según ciertos porcentajes para cada tipo de caja.

Los conceptos de gasto serán: i. prestaciones económicas, ii. capacitación para la reinserción laboral y el emprendimiento, iii. servicios de gestión de colocación para la inserción laboral, iv. sistemas de información; y v. promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial.

El componente de capacitación y el de promoción del emprendimiento resultan novedosos, pues responden a lo dispuesto en el Decreto 454 de 2017, por medio del cual el gobierno pretendió impulsar iniciativas de autoempleo, innovación social y desarrollo de micro y pequeñas empresas, a través del Mecanismo de Protección al Cesante.

Respecto a esto último, vale la pena anotar que al componente de promoción de emprendimiento le corresponde un mínimo de apropiación de recursos del 0% para los tres tipos de caja de compensación. Asimismo, un máximo de 5% para las cajas tipo I y II y de 10% para las cajas tipo III.

Lo anterior implica que bajo el proyecto de norma las cajas de compensación no contarán con un mínimo obligatorio de recursos para los programas de emprendimiento y desarrollo empresarial y tampoco podrán destinar un porcentaje más alto del máximo establecido.

Por su parte, el componente de capacitación para la reinserción laboral y el emprendimiento tendrá porcentajes de apropiación de recursos más altos. Para las cajas tipo I, un mínimo de 26% y un máximo de 31%; y para las cajas tipo II y III, un mínimo de 23% y un máximo de 28%.

Estos dos componentes de estímulo al emprendimiento responden a críticas que ha tenido en el pasado el Fosfec relacionadas con la idea de que los cesantes no solo deben tener la oportunidad de emplearse de nuevo, sino también de crear nuevas fuentes de ingreso mediante la innovación, el emprendimiento y la creación de empresa.

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