El Presidente Juan Manuel Santos dio vía libre a las empresas para que realicen inversiones en proyectos de trascendencia social en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac), con los recursos destinados al pago del impuesto de renta.
(Lea: Así operará el sistema de obras por impuestos)
El mandatario firmó el decreto donde se reglamenta parte de la reforma tributaria aprobada en el 2016 donde se les permite a las empresas del país el pago del impuesto mediante la ejecución de obras de gran trascendencia social en las regiones, como el suministro de agua potable, alcantarillado, energía, salud pública, educación pública, y la construcción y/o reparación de infraestructura vial.
Este mecanismo puede ser utilizado por las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta, cuyos ingresos brutos sean iguales o superiores a 33.610 UVT ($1.071 millones en 2017).
(Lea: Así se pueden obtener beneficios en las Zomac)
Santos dijo que este mecanismo permite, que en lugar de transferir el dinero al Tesoro Nacional por intermedio de la Dian, el contribuyente podrá elegir un proyecto de interés social en las Zomac, aportar recursos para la ejecución de dicho proyecto y pagar parcialmente el impuesto de renta a cargo.
(Lea: ¿Cómo acceder a beneficios tributarios a través de las Zomac?)
“Por ejemplo, un empresario que tenga a cargo $200 millones de impuesto de renta se le permitirá financiar obras hasta por un valor del 50% en obras que beneficio social en las zonas más afectadas por el conflicto. Esta política ha mostrado resultados satisfactorios para mejorar la ejecución y la calidad de los proyectos de infraestructura en otros países como Perú, donde se ha venido implementándose desde el año 2007”, afirmó el jefe de Estado.
Aseguró que las Obras por Impuestos (OXI) tendrán dos modalidades. Una primera a través de inversiones por un monto de hasta el 50% del impuesto de renta a cargo de una vigencia, para la ejecución de proyectos viabilizados y prioritarios de trascendencia social en los municipios Zomac.
Y una segunda modalidad se refiere a inversiones que superan el 50% del impuesto de renta a cargo de una vigencia. En este caso el contribuyente podrá hacer uso de un descuento efectivo en el impuesto de renta de una vigencia, de hasta el 50% del impuesto sobre la renta, en cuotas iguales durante un periodo de 10 años, prorrogables por 5 años en caso de presentar pérdidas fiscales, a partir del año gravable siguiente al de aprobación del proyecto.
Por su parte, el Alto Consejero para el Posconflicto, Rafael Pardo, explicó que “cuando el 50% del impuesto de renta sea insuficiente para descontar en el periodo gravable la cuota del año, el director seccional de impuestos podrá autorizar que el descuento del correspondiente año sea superior del 50% y hasta el 80% siempre y cuando la autorización no supere el valor de la cuota anual del 10%”.
De acuerdo con el decreto, para garantizar la asignación de recursos en proyectos prioritarios para la comunidad, estos deben cumplir con ciertas condiciones. En primer lugar, están limitados a suministro de agua potable, alcantarillado, energía, salud pública, educación pública, y la construcción y/o reparación de infraestructura vial
También se podrán desarrollar por la modalidad 1, es decir, infraestructura y dotación (salud y educación). Por la Modalidad 2 solo proyectos de infraestructura.
Un contribuyente puede proponer iniciativas para ser incluidas en el banco de proyectos, para lo cual deberán surtir las etapas de presentación, estructuración, evaluación y registro definidas por el DNP.
Los planes de inversión localizados en municipios Zomac y en otro que no lo sea, podrán utilizar el mecanismo, siempre que su paso por este último sea indispensable para el beneficio de la población afectada por el conflicto.
El decreto señala que cada año se establecerá un monto máximo de las inversiones determinado por el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), el cual será priorizado por la Agencia de Renovación del Territorio -ART, previo visto bueno del DNP.
De la misma manera, la ART distribuirá el cupo en partes iguales entre las regiones establecidas para el Sistema General de Regalías y priorizará los proyectos de cada región, aplicando en su orden, los siguientes criterios:
Las solicitudes de contribuyentes que hayan asumido los costos de la estructuración del proyecto, siempre que alcance el cupo de la región.
Los proyectos localizados en los municipios Zomac de la región, con mayores niveles de pobreza multidimensional, debilidad institucional, grado de afectación por el conflicto armado y presencia de cultivos ilícitos. Solo se aprobará un proyecto en cada municipio, priorizando el que impacte el sector en el cual se presente la mayor brecha, a menos que después de beneficiar a todos los municipios de la región.