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Ley de libranzas debe esperar por objeción de la Presidencia
febrero 7 de 2012 - 10:02 pm
La redacción del proyecto dio a entender que se podrían utilizar las cesantías para el pago de dichas obligaciones, lo cual motivó los reparos por parte de la Presidencia.
La masificación de las libranzas, un instrumento con el cual se busca que cada vez más personas tengan acceso a esquemas de financiación formales, tendrá que esperar unas semanas más.
Esto, luego de que la Presidencia de la República objetara un proyecto de ley que fue aprobado en el Congreso a finales del 2011 y con el cual se pretendía facilitar el acceso de los trabajadores y pensionados a las libranzas como mecanismo de pago y de crédito.
El asunto radica en un vacío que quedó en la norma, el cual daba a entender que los recursos que se ahorran como cesantías podrían utilizarse para cancelar las obligaciones contraídas con el uso de dicho instrumento.
Como se sabe, la iniciativa pretende que cualquier persona asalariada, contratada por prestación de servicios, asociada a cooperativas, afiliado a cesantías o pensionados pudiera autorizar a su empleador o a la entidad pagadora, para que descuente de su remuneración el monto correspondiente para el pago de la libranza y lo gire directamente a la institución con la cual se contrajo dicha obligación.
A juicio del Ejecutivo, en los dos primeros artículos del proyecto se estableció que los trabajadores pueden acreditar no sólo con su salario sino con sus prestaciones sociales de carácter económico los productos financieros bajo libranza.
En otras palabras, dice que “el proyecto de ley que se objeta autoriza que dicho ahorro se utilice como reserva monetaria para el cobro de cualquier obligación adquirida por el trabajador, no importa su naturaleza ni su cuantía”.
En ese sentido, sostiene que “el proyecto de ley desnaturaliza la figura de la cesantía pues convierte el ahorro obligatorio en ahorro voluntario. La norma elimina las limitaciones fijadas por el legislador, destinadas a proteger al trabajador y a su familia.
Eliminadas tales restricciones, las cesantías dejan de ser un ahorro de emergencia y se convierte en una cuenta de ahorro común, disponible en cualquier momento y por cualquier motivo”.
Como se recuerda, las cesantías sólo pueden retirarse cuando un empleado queda cesante, pero también se pueden utilizar parcialmente para la financiación de vivienda y de educación.
La otra razón por la cual el Gobierno objetó la iniciativa, tiene que ver con que, en su concepto, podría afectar las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo que están relacionadas con la protección del desempleo.
La administración busca que las cesantías cumplan con su propósito inicial, que es proteger al trabajador en caso de desempleo y por ello, establecerá que para poder hacer retiros de las cesantías, el trabajador deberá tener un ahorro mínimo equivalente a seis meses de ingreso.
Así las cosas, se correría el riesgo de descapitalizar los fondos de cesantías y también habría un impacto en el Fondo Nacional del Ahorro, “que basa sus actividades comerciales en la inversión de dichos recursos”.
Ante esto, uno de los ponentes de la iniciativa, el representante a la Cámara Simón Gaviria, sostiene que la objeción es razonable, pues la redacción quedó con un vacío con el que podría interpretarse que se podrían destinar las cesantías para el pago de las libranzas, lo cual no era el propósito del proyecto.
Por esa razón, se espera que en marzo, cuando se retome la labor legislativa, se reúna la comisión designada para votar las objeciones y que posteriormente se envíe nuevamente el proyecto a Presidencia, para su respectiva sanción.
ESTE INSTRUMENTO REPRESENTA UN TERCIO DE LA CARTERA DE CONSUMO
Según datos de la Superintendencia Financiera, al cierre de septiembre el saldo de cartera de las libranzas se ubica en 18,14 billones de pesos.
Este monto representa más del 30 por ciento de la totalidad de la cartera de crédito bajo la modalidad de consumo.
En la medida en que estos préstamos tienen un riesgo de contraparte muy bajo, se convierten en una alternativa interesante tanto para las entidades, como para los usuarios.
Para hacerlo aún mas masivo, el proyecto de ley estableció que los empleadores están obligados a efectuar las libranzas cuando los empleados así lo autoricen y de manera gratuita.
Al mismo tiempo, los trabajadores tienen libertad para elegir la entidad que les ofrezca las mejores condiciones y por ello, la norma establece que las autoridades como las superintendencias Financiera, Solidaria y de Sociedades, publiquen en sus sitios web información que permita comparar las tasas y los beneficios que ofrecen los establecimientos autorizados a prestar tal servicio.
Además, permite que aún en situaciones de cambio de empleo, la persona pueda mantener dicha obligación.
Simón Gaviria, ponente del proyecto, explica que la idea no es sólo que sea un instrumento de crédito, sino de pago.
OTROS TEMAS INCLUIDOS
En la norma se incluyeron además las tarifas de retención en la fuente que aplican para los trabajadores independientes según los abonos a cuenta o pagos.
Al derogar parte del artículo 127 del Estatuto Tributario, se pretende revivir las preferencias del leasing y que expira- ron el 31 de diciembre.
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