La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), impuso multas por un valor total de $ 2.416.312.500, equivalente a 3.750 salarios mínimos legales mensuales vigentes a quince a 15 empresas fabricantes, importadores y comercializadores de televisores, por “incumplir con la información mínima que deben suministrar a los consumidores, de acuerdo con la normatividad expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)”.
Las sanciones tuvieron origen tras el incumplimiento de dichas empresas de indicarles a los consumidores si los televisores en venta se encuentran o no habilitados para recibir la Televisión Digital Terrestre (TDT) con el estándar DVB – T2 escogido para Colombia, ya que el país se encuentra en proceso de migración de la Televisión Análoga hacia la Televisión Digital Terrestre (TDT) prevista para el año 2019, en lo que se conoce como el “apagón análogo”, informó la Súper.
En septiembre de 2013, la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superindustria, inició las averiguaciones preliminares, con el fin de verificar el cumplimiento de las distintas obligaciones especiales de información a cargo de fabricantes, importadores y comercializadores de televisores frente a la compatibilidad o incompatibilidad de los televisores frente a la Televisión Digital Terrestre (TDT).
Para tales efectos, se realizaron varias visitas administrativas de inspección a diferentes agentes del mercado en Bogotá, en las que se verificó el procedimiento de venta de los televisores y la información que se suministraba al público sobre dichos productos, así como sus sitios web.
Analizada la información recogida en las visitas administrativas de inspecciones, la Superintendencia de Industria y Comercio formuló Pliego de Cargos contra los investigados, por presuntas infracciones de los artículos 23 y 24 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y su Circular Única versión 2011, derivado del posible incumplimiento de las obligaciones especiales de información sobre el nuevo sistema de Televisión Digital Terrestre (TDT) y la compatibilidad de los televisores ofrecidos a los consumidores.
Luego de agotado el respectivo procedimiento administrativo, la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución 48208 de 2015, resolvió sancionar en primera instancia a quince (15) empresas investigadas por violaciones al Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) y la normatividad especial expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y la Superintendencia de Industria y Comercio, así:
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EMPRESA SANCIONADA |
VALOR |
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SONY COLOMBIA S.A. |
$ 225.522.000 |
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SAMSUNG ELECTRONICS COLOMBIA S.A. |
$ 180.418.000 |
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PANASONIC DE COLOMBIA S.A. |
$ 180.418.000 |
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LG ELECTRONICS COLOMBIA LTDA. |
$ 180.418.000 |
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AD ELECTRONICS S.A.S. (Importadora de HYUNDAI) |
$ 180.418.000 |
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EMPRESAS LA POLAR S.A.S. |
$ 180.418.000 |
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FALABELLA DE COLOMBIA S.A. |
$ 180.418.000 |
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COMERCIALIZADORA MTX S.A.S. (Importador de HISENSE) |
$ 180.418.000 |
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ALMACENES ÉXITO S.A. |
$ 180.418.000 |
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ALMACENES LA 14 S.A. |
$ 128.870.000 |
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CENCOSUD COLOMBIA S.A. |
$ 128.870.000 |
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CHALLENGER S.A.S. |
$ 128.870.000 |
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COLOMBIANA DE COMERCIO S.A.-CORBETA S.A. y/o ALKOSTO S.A. |
$ 128.870.000 |
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RIPLEY COLOMBIA TIENDAS POR DEPARTAMENTOS S.A.S. |
$ 128.870.000 |
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DONGBU DAEWOO ELECTRONICS COLOMBIA S.A.S. |
$ 103.096.000 |
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TOTAL |
$2.416.312.500 |