El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, impuso sanciones a cuatro productoras de papel higiénico y otros papeles suaves en Colombia (KIMBERLY, FAMILIA, C. Y P. DEL R. y PAPELES NACIONALES), además de 21 altos directivos vinculados con estas compañías.
De igual manera, la Superintendencia archivó la investigación a favor de DRYPERS ANDINA S.A. y 21 personas naturales que se desempeñaron como altos ejecutivos en las empresas investigadas.
El ente de control y vigilancia sancionó a KIMBERLY, FAMILIA, PAPELES NACIONALES y C. Y P. DEL R.[1], por haber incurrido durante más de una década (2000-2013), "en una conducta concertada, continuada y coordinada para fijar artificialmente el precio de los papeles suaves en Colombia, sector integrado por 4 productos: papel higiénico; servilletas; toallas de cocina; y pañuelos para manos y cara".
Las sanciones impuestas ascienden a una suma global superior a los $ 185 mil millones de pesos. Las multas impuestas a los 4 fabricantes de papeles suaves en Colombia, no superan el 15% de sus ingresos operacionales anuales.
Esta investigación adelantada por la Superindustria se inició a finales del año 2013 y contó con la colaboración de KIMBERLY, FAMILIA y C. Y P. DEL R. como empresas delatoras, quienes confesaron su participación en el cartel, reconocieron su responsabilidad, aportaron documentos, correos electrónicos y declaraciones de sus funcionarios y exfuncionarios sobre la existencia y el funcionamiento del cartel empresarial.
El cartel empresarial de precios tuvo su génesis con la participación de KIMBERLY y FAMILIA en el año 2000, quienes no solo fueron los precursores del cartel, sino que además, fueron los integrantes más activos y protagónicos. La vinculación de PAPELES NACIONALES se dio en el año 2001 y la de C. Y P. DEL R. en el año 2003.
"El cartel empresarial sancionado operaba como una estructura encubierta, destinada a burlar o violar el régimen de protección de la libre competencia económica, utilizando incluso, apodos o seudónimos para identificar a las empresas participantes, quienes además, se comunicaban a través de cuentas de correo electrónico “fachada” para planear, ejecutar y darle cumplimiento al acuerdo de fijación artificial directa e indirecta de los precios del papel higiénico y de otros papeles suaves en el mercado colombiano", señaló la Súper.
Para identificar a las diferentes empresas participantes del cartel empresarial utilizaron como apodos o seudónimos: “PITUFOS” para PAPELES NACIONALES, “FEOS” para FAMILIA, “KIOSKOS” para KIMBERLY y “ROSAS” para C. Y P. DEL R.
La investigación logró evidenciar que KIMBERLY, FAMILIA, PAPELES NACIONALES y C. Y P. DEL R. interiorizaron la cartelización en papeles suaves como parte de su dinámica empresarial, al punto de ser activamente promovida y patrocinada desde las más altas esferas de las compañías entre sus empleados, muchos de los cuales ascendieron y se desarrollaron profesionalmente en el marco de una actividad ilegal contraria al régimen de protección de la libre competencia económica.
"En el expediente hay prueba directa de la participación de los gerentes generales de las empresas en los actos de cartelización, quienes fueron sancionados en esta investigación", precisa el comunicado de la SIC.
Asimismo, por contribuir eficazmente con la investigación y cumplir con los compromisos adquiridos en el Programa de Beneficios por Colaboración, la Superindustria le concedió a KIMBERLY, en su condición de primer delator, la exoneración del ciento por ciento (100%) del pago de la multa, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la ley de competencia. También le concedió a C. Y P. DEL R., en su condición de tercer delator, una reducción del treinta por ciento (30%) de la multa impuesta.
El Superintendente Robledo determinó que FAMILIA, en su condición de segundo delator, incumplió las obligaciones adquiridas en el marco del Programa de Beneficios por Colaboración.
En consecuencia, excluyó a dicha empresa de los beneficios acordados provisionalmente y consistentes en una eventual reducción de no menos del 50% de la sanción. La exclusión de FAMILIA del Programa de Beneficios por Colaboración se debió a que se confirmó que ocultó información, mintió sobre aspectos relevantes de la investigación y no aportó algunas pruebas que estaban en su poder.
No obstante lo anterior, el Superintendente al dosificar la sanción a FAMILIA, tuvo en cuenta la confesión de la conducta anticompetitiva y las excusas públicamente ofrecidas al país por parte de FAMILIA, otorgándole una reducción a la multa impuesta.
Contra estas decisiones del Superintendente de Industria y Comercio procede recurso de reposición.
Empresas
26 may 2016 - 3:23 p. m.
Papel higiénico: sancionan a cuatro empresas del cartel
Las sanciones ascienden a $185 mil millones, cifra que no supera el 15 por ciento de sus ingresos operacionales anuales. Kimberly no pagará sanción.
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