La decisión está en la Resolución 13466 de 2013 y dispone que Essilor, con influencia en el mercado de lentes y maquinaria oftálmica, no puede favorecer a Servióptica y Superlens, por encima de otros laboratorios competidores.
Entre las condiciones están "eliminar, inaplicar y abstenerse de pactar cláusulas o requisitos" en virtud de los cuales Essilor otorga trato preferente a las dos compañías adquiridas respecto a sus demás clientes.
También debe atender todos los pedidos de lentes oftálmicos terminados y semiterminados, así como los que se refieran a maquinaria oftálmica, que realicen clientes diferentes a las dos empresas que adquirió, salvo incumplimiento en los pagos o fuerza mayor.
Essilor también debe abstenerse de celebrar contratos de exclusividad para la venta o suministro de dichos productos.
Igualmente, debe mantener como mínimo durante tres años, los contratos de suministro que en la actualidad sostienen en el mercado colombiano, tanto para el caso de los lentes oftálmicos terminados y semiterminados como para el caso de toda la maquinaria relacionada con dichos productos.