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Negocios

21 sept 2018 - 7:22 p. m.

SIC abre medida preventiva a TigoUne por campaña de planes ilimitados

Según la entidad esta campaña resulta engañosa al establecer restricciones para un servicio que se anuncia como ilimitado. 

Según el informe presentado por el MinTIC, en el año 2014, el total de abonados a la telefonía móvil fueron 53.583.664, es decir hay más celulares que personas en el país.

123rf

POR:
Portafolio
21 sept 2018 - 7:22 p. m.

La Superintendencia de Industria y Comercio, adoptó una medida preventiva a través de a Colombia Móvil S.A ESP (TigoUne) por anunciar bajo el eslogan de "ilimitado" planes de servicios de telefonía móvil sujetos a la disminución de velocidad de internet una vez alcanzada una capacidad en gigabytes predeterminada por la propia empresa, hecho que constituiría publicidad engañosa.

(Lea: Lo que no sabe de los planes ilimitados de Tigo- Une). 

Tras conocer la noticia este 18 de septiembre, la Superintendencia de Industria y Comercio realizó una visita de inspección al portal web del proveedor con el fin de conocer los términos y condiciones bajo los cuales el proveedor ofrecía sus planes “ilimitados”.

En esta revisión encontró que el mensaje principal que todas las piezas publicitarias señalan que los usuarios disfrutarán del servicio de datos ilimitados, sin embargo, al consultar los términos y condiciones se evidenció que el servicio de Internet móvil contaría con una restricción de velocidad atada al consumo del usuario, puesto que se establece que una vez consumida la capacidad adquirida -15 GB o 30 GB según el caso- se podría continuar navegar a tan sólo 256 Kbps.

(¿Piensa pasarse a planes ilimitados de telefonía móvil?). 

Lo anterior desconocería lo establecido en la regulación sectorial, puesto que las dos únicas restricciones establecidas de forma expresa por la Comisión de Regulación de Comunicaciones frente a la publicidad de planes ilimitados de Internet son (i) la tecnología empleada y (ii) la velocidad efectiva para el plan.

Cabe señalar que las limitaciones inherentes a la tecnología empleada hacen referencia a las características propias de navegación en redes 2G, 3G y 4G y; la velocidad efectiva del plan no aplica para este tipo de ofrecimientos, comoquiera que en servicios móviles éste se realiza en torno a la capacidad y no a la velocidad; razón por la cual, ninguna de estas dos restricciones aplica para los ofrecimientos efectuados por Tigo.

(Tigo- Une se la ‘juega’ por los planes ilimitados en Colombia). 

La medida preventiva se establece con el fin de suspender y/o hacer cesar el ofrecimiento de datos ilimitados con restricciones no previstas en el artículo 2.1.3.5 de la Resolución CRC 5050 de 2016, evitando así inducir engaño a los consumidores.

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