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Andrés Espinosa Fenwarth

¿Depredadores ambientales?

La autoridad ambiental debería acelerar la investigación preliminar y suspender como medida preventiva la licencia ambiental de Drummond.

Andrés Espinosa Fenwarth
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Andrés Espinosa Fenwarth

El país está conmocionado por el desprecio ambiental evidenciado por la multinacional Drummond. Las autoridades portuarias y ambientales se enteraron, por los medios de comunicación, de la verdadera naturaleza de la emergencia de una barcaza de Drummond –con 2.800 toneladas de carbón– ocurrida en la madrugada del 13 de enero cerca del puerto de Ciénaga, departamento de Magdalena. Las fotos que circularon por la prensa la semana anterior muestran cómo una gigantesca pala mecánica extrae el carbón de la barcaza y lo bota al mar.

Contraviniendo lo dispuesto en la licencia ambiental, Drummond notificó el incidente dos semanas después mediante un oscuro comunicado, en el cual manifiestan que salvaguardaron la vida de la tripulación y evitaron el naufragio de la embarcación “de acuerdo con los protocolos internacionales”. El comunicado añade que procedieron a “extraer de la barcaza el agua que se había mezclado con carbón, utilizando una de las grúas y bombas de agua”.

La labor de rescate, asevera Drummond, “incluyó la extracción de carbón de la barcaza en emergencia hacia una vacía”. Según informó al diario El Tiempo, el pasado sábado, Guillermo Díaz, capitán del Puerto de Santa Marta, la compañía admitió posteriormente que “depositaron carbón en el mar”.

Mientras se hundía la barcaza de Drummond, la Contraloría General publicaba un informe especial sobre la “degradación de ecosistemas y medio ambiente de la bahía de Santa Marta y zonas de influencia”. Esta investigación denuncia cómo el cargue de carbón en la zona genera “situaciones adversas ambientales; las pilas de cargue superan el límite o borde de las barcazas”. La Contraloría añade que “la pérdida de carbón durante el cargue de barcaza a buque genera impactos negativos significativos sobre la columna de agua y los fondos marinos, afectando directamente la fauna y flora presente y las dinámicas ecosistémicas”.

Según la Ley 1333 de 2009, el Estado detenta la potestad sancionatoria en materia ambiental, asunto en el cual “se presume la culpa o el dolo del infractor, lo que dará lugar a medidas preventivas. El infractor será sancionado definitivamente si no desvirtúa la presunción de culpa o dolo para lo cual tendrá la carga de la prueba y podrá utilizar todos los medios probatorios legales”. 

La autoridad ambiental debería acelerar la investigación preliminar y suspender como medida preventiva la licencia ambiental de Drummond y el uso de barcazas para el transporte de carbón hasta que las multinacionales garanticen la protección ambiental del cuerpo de aguas de Santa Marta, o implementen el cargue directo, lo que ocurra primero. El país espera que el Gobierno resguarde la bahía más linda de América con la misma resolución y eficacia desplegadas en la preservación del Parque Tayrona. 

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