El 9 de diciembre de 1824, un día después de la victoria en Ayacucho, Antonio José de Sucre obligó al general español José Canterac a firmar el Acta de Rendición, en cuyo Artículo Octavo se repudian las deudas que las colonias habían contraído bajo dominio español.
El mismo criterio se consignó en el Tratado de París, suscrito el 10 de diciembre de 1898 entre el Subsecretario de Estado del presidente William McKinley, y el presidente del Senado español, Eugenio Montero Rios. España pretendía que tras independizarse Cuba (apoyada por Estados Unidos), el nuevo gobierno asumiera las deudas contraídas por el gobierno colonial.
España había desdeñado las ofertas de mediación del Papa y de Alemania para evitar la guerra, y pretendía recibir 1.500 millones de pesetas, pero los negociadores norteamericanos transcribieron la nota de los estudiantes de la Universidad de La Habana en la que preguntaban: “¿han sido jamás consultados los habitantes que están interesados en este asunto? El país no ha sido consultado, y ahora, por primera, vez se les notifica que deben pagar estas deudas”.
Como lo ha recordado Fernando del Corro, el Tratado sentó por primera vez la teoría de la deuda ‘odiosa’, según la cual “las deudas que han sido impuestas a los pueblos sin su consentimiento y, más aún, con el agravante de haberlas asumido mediante el uso de la fuerza, son ilegítimas, y no podrán ser reclamadas en ningún sentido, ni moral ni jurídicamente”.
Estados Unidos compró Alaska a Rusia, Luisiana a Francia y Filipinas a España, y en todos los casos las deudas precedentes fueron asumidas por los vendedores, quedando liberados de esa carga los territorios negociados. Tras la invasión de Irak, Estados Unidos aplicó similar teoría para evitar pagar las deudas a los acreedores europeos, y el Vaticano promovió, en el Jubileo 2000, la condonación de deudas pequeñas.
El gobierno del presidente Alfredo Palacio, de Ecuador (precedente de Correa), constituyó una Comisión de Auditoría de la deuda externa, y esta encontró que una parte de la misma estaba constituida por déficits vencidos que fueron reactivados, o deudas privadas que fueron asumidas por el Gobierno, o cobros de intereses sobre intereses, o contratadas por funcionarios sin facultades para esto. Por ello, se negó a pagarlas…
Pero nadie ha propuesto revisar la legitimidad de las deudas contratadas por dictadores como Pinochet, Videla o Somoza, salvo la decisión del Senado de Estados Unidos de multar con 25 millones de dólares a los bancos que abrieron cuentas a Pinochet, y el hecho de que la década de mayor endeudamiento haya mostrado bajo desarrollo (denominada la ‘década perdida’), deja abierto el interrogante acerca del destino final de esos recursos.
¡Los Papeles de Panamá serían una buena fuente para indagarlo!
Profesor, U. Nacional y Externado
beethovenhv@yahoo.com
La deuda 'odiosa' de América Latina
Las deudas impuestas a los pueblos sin su consentimiento son ilegítimas y no podrán ser reclamadas en ningún sentido, ni moral ni jurídicamente.
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