Todas las piruetas que hizo el Gobierno para que las Farc firmaran, dejarán, si el rumbo no se corrige, heridas incurables en el cuerpo de la institucionalidad colombiana.
Cada día que pasa es más evidente ese peligro.Y todo porque, en lugar de expedir una ley adecuada con el fin de reglar el desarme, la desmovilización y la reinserción de los miembros de ese grupo, el presidente Santos accedió a tratar todos los temas imaginables y llegar a entendimientos sobre lo divino y lo humano.
Así es, aun cuando se diga que lo negociado fue una agenda de pocos puntos. Basta leer el contenido de lo que se convino para llegar, con facilidad, a la conclusión de que no existe asunto de interés para la nación que no haya sido materia de tratamiento, en lo que terminó siendo la curiosa e inconveniente constituyente de La Habana.
Las consecuencias de semejante error son de una dimensión incalculable. Baste decir, para empezar a describirlas, que Colombia se quedó sin Constitución y habrá que esperar lo que la Corte Constitucional diga en cada caso concreto. ¿Qué tenemos hoy? Pues lo que queda de la Carta del 91, desguazada, irrespetada y desnaturalizada, y 310 páginas del papel Santos-‘Timochenko’, que servirá de punto de interpretación a los magistrados del alto tribunal cuando tengan que decidir acerca de la conformidad o no de una norma con el estatuto básico.
Los intransigentes y discriminatorios ‘amigos de la paz’ dirán que eso no tiene problema, toda vez que lo anterior se aplica solo a aquello relacionado con los derechos humanos, derechos fundamentales y conexos a estos. Cuáles materias quedan amparadas bajo semejante tamaño de sombrilla? Todo lo imaginable, por cuanto no hay aspecto de la vida nacional que no sea cobijado por tan generosa precisión.
En esas condiciones habrá que esperar los pronunciamientos de la Corte sobre las demandas por inconstitucionalidad, que lloverán respecto de todas y cada una de las leyes y decretos que se aprueben o expidan dentro del proceso de implementación del acuerdo. Con relación a las 16 circunscripciones especiales, por ejemplo, ¿qué va a predominar? ¿El principio de igualdad y el derecho de todos los ciudadanos a pronunciarse sobre los asuntos que le interesan, que hace parte del texto del 91, o la obra de Cuba?
En materia de jurisdicción especial para la paz, aquí va otro ejemplo. ¿Prevalecerá la defensa del principio del juez natural y de legalidad, para no hablar de otros, inscritos en la norma superior que nos rige, y son consagrados en varios tratados internacionales de los que Colombia es Estado firmante, o el invento de juristas y políticos que se están creyendo sus propios cuentos? Y los futuros presidentes, gobernadores y alcaldes, ¿tendrán la obligación de cumplir el programa con el que fueron elegidos, en virtud del voto programático para los dos últimos, o deberá entenderse que los programas quedan ya hechos, para futura memoria, por la infinita imaginación de Santos y ‘Timochenko’?
Conste que apenas se hace referencia a tres casos. ¡Qué vaina! Colombia se quedó sin Constitución.
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Colombia sin Constitución
Todas las piruetas que hizo el Gobierno para que las Farc firmaran, dejarán heridas incurables en el cuerpo de la institucionalidad.
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Carlos Holmes Trujillo García
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