Se subestima con frecuencia el valor de las estadísticas y se califican de datos fríos que no traducen la realidad. Eso puede ser cierto en determinadas ocasiones, pero detrás de esos datos hay gente, y eso sí muestra lo que le está sucediendo a la población. Este es el caso de cuando se trata de entender a una parte de los que se oponen al Decreto Ley 902 del 2017 “Por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral, contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y Fondo de Tierras”.
Unas cuantas cifras muestran parte de la realidad del campo colombiano, que arrojan luces sobre quiénes, casi que, por definición, se opondrían a esta norma. Como se repitió en la audiencia pública, convocada por la Corte Constitucional, el Decreto Ley 902 es fundamentalmente instrumental, así que no genera cambios en el régimen agrario. Los temas complejos quedan por fuera para ser discutidos en el Congreso de la República.
Pero para deducir quiénes se oponen a que la Corte lo declare exequible, es necesario salirse del terreno jurídico para mostrar, como lo hacemos los economistas, unas realidades fundamentadas en cifras de fuentes confiables.
El primer análisis que aclara el panorama se fundamenta en la comparación de los resultados de los tres últimos Censos Agropecuarios (CA), realizados en 1960, en 1970 y el más reciente en el 2014.
Lo primero que queda en evidencia es que ha aumentado la tierra productiva en el país; lo segundo, que la comparación de estas cifras demuestra que la estructura agraria no ha cambiado en los últimos 54 años. Desde 1960 hasta ahora, un poco más del 4 por ciento de las unidades de producción agropecuaria, tienen menos de cinco hectáreas, es decir, minifundios o menos que eso, y más del 30 por ciento de los predios tienen 1.000 hectáreas o más, es decir latifundios.
Como detrás de estas cifras hay productores en el sector rural, lo señalado anteriormente se traduce en que los campesinos o, por lo menos cinco millones que se encuentran en la zona rural dispersa, sin mencionar los que están en los municipios rurales, intermedios y en la periferia de las ciudades, tienen la menor proporción de la tierra del país. Por el contrario, los más grandes productores, que son muy pocos, poseen una tercera parte de la tierra que puede dedicarse a la producción agropecuaria.
Si a la cifra anterior se le agregan los productores con predios de más de 100 hectáreas, aproximadamente 2/3 de los predios estarían en manos de grandes productores. Con razón, el Gini de propietarios de la tierra es 0,9, cuando 1 significa que una persona la tiene toda. Pero lo más grave es que, lejos de mejorarse esta inequitativa distribución de la tierra, con el tiempo se empeora, y en estos momentos podría hablarse de la contrarreforma agraria que vive el país. Los pequeños productores en 54 años ganan muy poco, al pasar de 4,5 a 4,8 por ciento del área dedicada a actividades productivas, mientras los latifundios, de más de 1.000 hectáreas, crecen del 30,4 al 32,3 por ciento. Es evidente que, a pesar de lo que se ha hablado, y se ha tratado de hacer en los distintos gobiernos, a los grandes dueños de la tierra, muy vinculados a la clase política, nadie los ha logrado tocar y han continuado apoderándose de las mejores tierras. Pero para completar el panorama de profunda desigualdad en el sector rural, según el último CA, el 80 por ciento de esta tierra está en pastos y rastrojos, y 19,7por ciento en actividades agrícolas.
La concentración de la tierra y subutilización de la misma definen el panorama actual del terreno con vocación agropecuaria. Si esta estructura agraria, que estrangula al pequeño agricultor y le abre sin límites las posibilidades a los grandes propietarios, se ha logrado mantener por décadas, es obvio quiénes se oponen a una norma que buscará darles acceso y formalización a predios de pequeños campesinos. Se ignora que se parte del respeto a la propiedad privada y a los derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, como lo plantean los artículos 64 y 58 de la Constitución. Pero hay que recordar que también se han dado grandes usurpaciones de tierra, lo que pone nerviosos a algunos de esos grandes propietarios.
Esta injusta estructura de la tierra agraria, obviamente ha tenido serias consecuencias. Según los CA anotados, en 1960 el 56,3 por ciento del área sembrada correspondía a cultivos transitorios, alimentos producidos por campesinos, y el 43,7 por ciento estaba dedicada a cultivos permanentes, que pertenecen mayoritariamente a grandes propietarios. Pero en el 2014, los cultivos permanentes subieron a 74,8 por ciento, mientras que los transitorios cayeron al 16 por ciento. Es decir, la producción campesina que representaba el 60 por ciento de la canasta de alimentos de los colombianos está a punto de desaparecer. ¿Cuál ha sido la consecuencia? Se disparó la importación de alimentos: en 1991 se traían al país un millón de toneladas de alimentos, hoy esa cifra es de más de 10 millones de toneladas importadas. Sin embargo, debe recordarse que según el artículo 64 de la Constitución “El Estado debe promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios”, que es lo que tratará de hacerse con el Decreto Ley 902 del 2017, desarrollando los instrumentos para ello. Obviamente, los pequeños productores rurales olvidados no son los que se oponen a esta norma.
¿Quién se opone al acceso y formalización de la tierra de los campesinos?
La producción campesina, que representaba el 60 por ciento de la canasta de alimentos de los colombianos, está a punto de desaparecer.
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