Mientras en las redes sociales el caso de Camila Abuabara –la colombiana aquejada por una leucemia linfoblástica aguda que aspira a ser tratada en Estados Unidos– concentra el interés de la opinión, en ámbitos más reducidos también se habla de temas de salud. La diferencia es que en este último caso no se trata del bienestar de una persona sino de todo el sistema que, con sus cualidades y defectos, cobija a casi la totalidad de los ciudadanos.
El debate interno tiene que ver con la publicación de la sentencia por medio de la cual la Corte Constitucional le dio luz verde a la ley estatutaria de salud. Si bien el alto tribunal había informado su decisión a finales de mayo, solo hasta hace unos días se conoció el fallo, un documento de más de 500 páginas de extensión, que no es de fácil lectura.
Sin embargo, quienes han logrado llegar hasta el final del texto sostienen que ponerlo en práctica es, quizás, el factor de mayor desestabilización para las finanzas públicas en los años por venir. Al tiempo que los economistas hacen cálculos sobre el costo de un eventual posconflicto o se refieren al impacto que tendría el descenso en los precios del petróleo, en este caso no hay supuestos sino realidades que bien se pueden tasar en billones de pesos.
La razón es que la Corte avala un esquema que puede llegar a ser uno de los más amplios del mundo en cuanto a sus beneficios. Con escasas excepciones, la gente podrá requerir los procedimientos más onerosos o los medicamentos más modernos, sin que exista un impedimento legal para evitarlo.
Aunque algo así suena como el mundo ideal, la cuestión es quién va a pagar por ello. Hoy en día los asalariados aportan al sistema, pero sus contribuciones resultan insuficientes en un país que tiene tasas de informalidad laboral superiores al 50 por ciento, por lo cual el presupuesto nacional aporta el resto.
Como si eso fuera poco, trabajadores formales e informales tienen derecho al mismo Plan Obligatorio de Salud (POS). Puesta a escoger, una persona no tiene ningún estímulo para engrosar las filas de aquellos a los que se les descuenta una parte del sueldo para tal fin, si recibe los mismos servicios.
Adicionalmente, el POS acaba siendo un saludo a la bandera, algo que acaba de ser ratificado por la Corte. En la sentencia se habla de que “una interpretación que invoca un plan de cobertura es una forma de restricción”. Igualmente se dice que “las decisiones de exclusión de coberturas no podrán ser contrarias al principio de integralidad”. Lo anterior quiere decir que casi todo se puede.
La lista de perlas sigue. Si el Gobierno pretende decir que no hay plata, el tribunal le recuerda que “bajo ninguna circunstancia, autoridad alguna podrá invocar la sostenibilidad fiscal para menoscabar, restringir o negar la protección”. Y en caso de que se quiera poner en cintura el uso de drogas experimentales de alto costo, afirma que “el hecho de que un medicamento no haya sido aprobado por el Invima, no implica que tenga carácter de experimental, por lo tanto debe ser suministrado cuando la persona lo requiera”.
Suena bien la afirmación según la cual “la opinión del médico tratante prevalece” sobre cualquier instancia o negar la posibilidad de que “las EPS pongan en tela de juicio el concepto del profesional que ellas mismas contrataron”. También es atractivo que el Estado “debe regular los precios de los medicamentos en todas las fases del proceso”.
El problema es que eso hace el sistema de salud colombiano impagable e inmanejable, aparte de que acaba con el modelo de aseguramiento y espanta al sector privado. En consecuencia, el presidente Santos debe pensarlo muy bien antes de estampar su firma en la ley, dentro de unos días. Si lo hace, y a menos que tenga un as bajo la manga, más vale que recuerde que el camino del infierno está empedrado de buenas intenciones.
Ricardo Ávila Pinto
ricavi@portafolio.co
Twitter: @ravilapinto