LUNES, 15 DE ABRIL DE 2024

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Ricardo Ávila
Editorial

Un boquete muy peligroso

El reciente fallo de la Corte Constitucional que afectó a Cerro Matoso, puede golpear seriamente la marcha de la inversión en Colombia.

Ricardo Ávila
Exdirector de Portafolio
POR:
Ricardo Ávila

Si el asunto no fuera tan serio, podría formar parte de las crónicas de un país en el cual la realidad supera en ocasiones a la ficción. Lamentablemente, la amenaza es real y tiene a buena parte del sector empresarial con el ceño fruncido.

Así podrían resumirse las posibles implicaciones de un fallo de la Corte Constitucional que amparó los derechos fundamentales a la consulta previa, el medioambiente y la salud de varias comunidades étnicas y afrodescendientes ubicadas en la zona de influencia de Cerro Matoso. Localizada en el departamento de Córdoba, la empresa produce ferroníquel -un componente que se usa para la elaboración de acero inoxidable- desde hace más de tres décadas y media.

Para cualquier observador desprevenido, la sentencia T-733 afecta solamente los intereses de la compañía, cuyo dueño es la multinacional BHP Billiton. No obstante, una lectura de lo adoptado por la sala séptima de revisión del Alto Tribunal -compuesta por tres magistrados- muestra que aquí hay tanto de largo, como de ancho.

No se trata de examinar los méritos de una determinación contenida en 490 páginas, la cual revocó una serie de sentencias previas que iban en contravía de lo que deseaban los demandantes. Tampoco vale la pena cuestionar el desconocimiento de varias actuaciones del Estado que en su momento pasaron diferentes filtros, ajustándose a las leyes pertinentes de la época.

Lo que causa la mayor impresión es la condena “en abstracto” a la sociedad para que pague los perjuicios causados a los reclamantes, relacionados con una larga lista de enfermedades citadas. Los criterios para el pago de la indemnización incluyen gastos clínicos y de medicamentos, pérdida de capacidad laboral, y “la congoja interna, dolor o sufrimiento causado”.

Hasta ahí el castigo podría sonar razonable, de no ser porque nunca se ha podido probar una relación de causa y efecto con respecto a los males que afectan a los integrantes de las comunidades. La evidencia aportada muestra que las enfermedades en cuestión no se apartan de los parámetros de morbilidad que hay en la Costa Atlántica.

Aun así, como existe una probabilidad indeterminada de que las operaciones de extracción y refinación del mineral incidan en el bienestar físico de las minorías de la zona, la Corte considera que ello da pie a un pago. Como entre los elementos a considerar está uno claramente subjetivo, todo dependerá de lo que calcule el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, encargado de las liquidaciones respectivas.

Nadie a ciencia cierta sabe cuál será el valor de las reclamaciones, pero no suena descabellado hablar de cientos de millones de dólares, de los cuales la mitad entraría a la firma de abogados que recibió el poder de las comunidades. Ante la cercanía de una recompensa, el ambiente en la región comienza a agitarse.

Mientras Cerro Matoso enfrenta las consecuencias de un fallo que tiene varias perlas más, la preocupación en los ámbitos empresariales es que empiecen a multiplicarse en el país las tutelas contra todo tipo de actividades. La eventualidad de reclamaciones de daños por la vía del incidente, abriría un boquete de enorme peligrosidad y seguramente despertará el apetito de más de un avivato, interesado en pescar en río revuelto.

Debido a ello, es absolutamente clave que la Corte Constitucional en pleno examine los incidentes de nulidad interpuestos por la compañía y la Asociación Colombiana de Minería. También sería útil que en uso de sus facultades cualquier magistrado solicite reabrir una discusión que merece un debate profundo sobre las pruebas aportadas, las tesis jurídicas esgrimidas y el cambio en la jurisprudencia. El mismo que puede traer efectos irreparables sobre la marcha de la inversión pública y privada en Colombia.

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