Una de las diferencias entre un Estado democrático organizado y una ‘Republiqueta de dudosa institucionalidad’, es cómo este construye sus normas, cómo consiente la participación, si sus regulaciones son claras, si obedecen a criterios razonables, si no someten a personas naturales y jurídicas a arbitrariedades por quedar sujetadas a laxas interpretaciones, en fin, si buscan el orden y respetan la institucionalidad.
Es que a la hora de aplicar una norma, de la discrecionalidad a la arbitrariedad solo hay un paso: que la vaguedad regulatoria permita al funcionario de turno hacer lo que le parezca y, además, que no haya cómo reclamárselo.
Las normas o regulaciones del tipo ‘yo veré’ son una peste que impide el progreso de los sectores productivos y el desarrollo social de cualquier país, pues grandes inversiones económicas y sociales pueden quedar al vaivén del parecer o del querer, sometidas a presiones políticas, de corrupción o de ideologías.
Solo hay que echarle una miradita al vecindario para ver hasta dónde puede llegar la arbitrariedad en la interpretación de las instituciones legales en algunos países.
Con muy buen tino, la alta consejera para la Gestión Pública y Privada de la Presidencia, Catalina Crane, viene liderando el ingreso de Colombia a la Ocde, y como lo ha dicho el presidente Santos “queremos entrar a la Ocde porque es un club de buenas prácticas”.
Y una de esas buenas prácticas precisamente es, tener un proceso de construcción regulatorio consistente, cuya aplicación sea transparente.
En un reciente documento de los ministerios de Salud, de Comercio y la Presidencia de la República, se indica que según la Ocde, “la buena regulación debe: (I) servir claramente a los objetivos de política identificados; (II) contar con bases jurídicas y empíricas sólidas; (III) producir beneficios que justifican los costos, considerando la distribución de los efectos en la sociedad y tomando en cuenta los efectos económicos, sociales y ambientales; (IV) minimizar los costos y distorsiones del mercado; (V) promover la innovación a través de incentivos de mercado y enfoques basadas en objetivos; (VI) ser clara, simple y práctica para los usuarios; (VIII) ser consistente con otras regulaciones y políticas, y (VIII) ser tan compatible como sea posible con los principios de competencia, comercio y viabilidad de la inversión a niveles local e internacional”.
A pesar de la obviedad de estos principios, no faltará el ramplón leguleyo al que le parezca que ‘debemos seguir haciendo las normas como siempre se han hecho aquí’, precisamente porque le conviene que queden discrecionalidades a diestra y siniestra, como por ejemplo, ‘la Comisión X decidirá en cada caso…’ o ‘será exigible o lo uno y/o lo otro…’, frases estas que son verdaderas puertas giratorias para indefiniciones, litigios y otros riesgos más.
Si las normas que regulan cada sector en adelante, derivan en una aplicación clara y precisa, no de las del tipo ‘yo veré’, daremos un gran paso en contra del desorden administrativo… y, por supuesto, serán un importante paso hacia la Ocde.
Francisco De Paula Gómez
Presidente Afidro