Un atractivo para que los empresarios puedan tomar decisiones de inversión en un país, lo constituye la garantía de “seguridad jurídica”. El contar con reglas claras y con la certeza sobre la permanencia de estas facilita el diseño de los negocios y sus proyecciones, con el convencimiento de que el camino a recorrer no va a resultar afectado entorpeciendo su desarrollo y la recuperación de la inversión. La modificación constante de normas jurídicas determina, en muchas ocasiones, la existencia de elementos que inciden negativamente en los costos estimados que, naturalmente, terminan afectando la rentabilidad esperada. Es entendible que este comportamiento de los gobiernos desestimule a los inversionistas y afecten las posibilidades de volver realidad proyectos productivos, los cuales pueden beneficiar a la sociedad con aportes en materia de generación de empleo y de desarrollo económico. Desafortunadamente, los antecedentes en Colombia no han generado una opinión favorable en esta materia, pues la experiencia de la modificación reiterativa de normas se ha vivido en nuestro país.
Las reformas tributarias que se han ocupado de introducir retoques a la legislación con el fin de apagar incendios, y que han dejado de lado las modificaciones de fondo que demanda el régimen impositivo en Colombia, constituyen un ejemplo de esta variable que viene introduciendo constante incertidumbre en los inversionistas. Un ejemplo más concreto: los cambios de última hora que se vienen efectuando en el Congreso de la República al Impuesto de Patrimonio que adoptó la Ley 1370 del 2009, mediante los cuales se pretende modificar lo relativo a la tarifa, para referirla de un modo poco técnico, al patrimonio líquido poseído a 1-01-11, independiente del monto de la base gravable que resulte, una vez se depure dicho patrimonio.
La problemática mencionada cobra importancia cuando las inversiones se relacionan con las obras de infraestructura que demanda el mejoramiento del nivel de vida de los ciudadanos, como es el caso de la construcción de acueductos, canalización de aguas negras, recuperación de ríos, alcantarillado, etc., pues además de afectar el bolsillo de los empresarios, termina deteriorando el capital público originado en los aportes impositivos de los contribuyentes, a más de prolongar las consecuencias nocivas en términos de salud, producto de la ausencia de dichas obras. Otro aspecto que encarece en forma absurda proyectos de inversión de trascendencia social como los mencionados, son los costos asociados con la demora injustificada en los trámites de licencias, autorizaciones y permisos que demandan las obras que se pretenden construir. En ocasiones se trata simplemente de la lenta operación de la burocracia de turno. Pero lo realmente inaceptable es que los planes de inversión en proyectos de especial importancia social resulten damnificados por las decisiones gubernamentales, las cuales erosionan el normal desempeño en propiedad de los despachos públicos.
No se puede negar que el Gobierno de la Unidad Nacional ha generado vientos de reconciliación nacional y el convencimiento general sobre que las cosas se están haciendo bien. Sin embargo, preocupa que este prestigio resulte deteriorado por situaciones como la que viene padeciendo el sector del medio ambiente, pues la interinidad en el Ministerio del ramo ha determinado la congelación de los trámites que le competen, a la espera de su reestructuración y del arribo de sus nuevos directivos. En estos casos, el Gobierno Nacional debería tomar medidas urgentes para evitar que se repliegue la actividad pública en perjuicio del interés general.
Factores que afectan la inversión
Es inaceptable, que los proyectos de inversión en obras de especial importancia social, resulten dam
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Gustavo H. Cote Peña
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