La escandalosa corrupción que aqueja a nuestra sociedad ayuda, en cierto modo, a mimetizar el sartal de mentiras y falsas promesas que escupen, sin rubor, casi todos los candidatos presidenciales. No sorprende que ofrezcan olímpicamente reducir los impuestos y hasta eliminarlos, aunque las fórmulas que presentan para compensar los ingresos del Estado, si es que las mencionan, por simplistas, recurrentes y faltas de sustento caen en el ridículo. Crear, reducir o eliminar tributos nacionales son facultades exclusivas del Congreso, de acuerdo con la Constitución. Por ello, a pesar de la desconfianza que este cuerpo genera –precisamente por sus escándalos de corrupción–, hay que vencer la pereza y votar, pero por candidatos honestos, que los hay, así sean muy escasos.
En el país existe una gran evasión tributaria, y no es un fenómeno nuevo; pero, además de la informalidad y la perversa influencia que ha tenido el narcotráfico sobre el dinero fácil, muchas de las causas de la gran evasión, disfrazada a veces de ‘elusión’ o de creativa ‘planeación tributaria’, tienen que ver con la propia legislación. Entonces, es necesario pensar en lo que no se debe hacer en una reforma tributaria.
1). No se deben crear privilegios abiertos, mucho menos de larguísimo plazo, comprometiendo recursos presupuestales sin límite en el tiempo y sin control sobre los ‘colados’; es preferible utilizar otras formas de estímulo a las actividades que lo ameriten, que permitan medir y garantizar su verdadero alcance. 2). No se deben conceder prebendas de manera discrecional, porque estimulan la corrupción, y 3). Hay que ponderar con cautela las concesiones tributarias a las inversiones del exterior.
Ejemplo del primer caso es la exención hotelera creada en el 2002, con efectos hasta el 2047. Cuando a los agraciados la reforma les impuso un pequeño gravamen de 9 por ciento, empezaron a demandar al Estado, ignorando, a propósito, que les eliminaron los parafiscales en su inmensa mayoría, lo cual, en conjunto, incrementó sus ganancias después de impuestos. También se favorecieron de nuevo sus matrices del exterior, que ya habían sido premiadas desde el principio, con ventaja sobre la inversión nacional. A este respecto, tanto la Ocde como la mayoría de los tratadistas internacionales previenen sobre la excesiva generosidad tributaria de los países en desarrollo, porque, con frecuencia, termina favoreciendo a los fiscos extranjeros antes que a los propios contribuyentes, o estimula la inversión mediante sociedades constituidas en paraísos fiscales.
Cuando los beneficios se otorgan de manera discrecional, las posibilidades de corrupción se incrementan, entre otras causas, porque los intermediarios –llámense simplemente lobistas, lagartos o ‘expertos’–, trabajan desde la misma redacción e introducción de los proyectos hasta la concesión de los beneficios a sus clientes. En Colombia, tenemos dos ejemplos de beneficios discrecionales: los contratos de estabilidad tributaria y las zonas francas. Ejemplos de duda sobre la transparencia de estos mecanismos han sido ampliamente debatidos en los medios de comunicación: en el primer caso, las coimas que pagó Odebrecht por uno de esos contratos (El Tiempo, 21 de noviembre del 2017); en el segundo, el sonado caso en el que fueron protagonistas el exalcalde Mosquera y los hijos del expresidente, por la Zona Franca de Occidente (El Tiempo, 21 de abril del 2009).