Del 28 de abril al 3 de mayo, se realizó en Ginebra una ronda de negociaciones sobre el nuevo Acuerdo sobre Comercio Internacional de Servicios, conocido, por sus siglas en inglés, como TiSA, que trató especialmente aspectos temáticos y mejoras de las ofertas.
Como en toda negociación, a medida que avanza, van surgiendo intereses encontrados. De una parte, la Coalición Global de Servicios, compuesta por los principales gremios y empresas de los países participantes, ha manifestado su fuerte apoyo a los gobiernos para el éxito de estas negociaciones, ya que considera que ellas comprenden los aspectos más importantes del comercio de servicios en el siglo XXI: el flujo transfronterizo de datos, la transparencia y la coherencia regulatoria, el movimiento de los hombres de negocios, las cadenas globales de valor y las reglas para que las empresas públicas o privadas, que estén apoyadas por el Estado, compitan en mercados comerciales.
El tema de las entidades públicas es precisamente uno de los que ha suscitado más debate. Se sostiene que hay que dar un tratamiento especial a los servicios públicos en los tratados comerciales porque, mientras que ellos buscan satisfacer las necesidades sociales básicas de una manera asequible, universal, y suelen ir acompañados de reglamentaciones nacionales que limitan conscientemente la comercialización de los mismos, los acuerdos comerciales, por el contrario, promueven deliberadamente esa comercialización y redefinen los servicios en términos de su potencial de explotación por parte de las empresas mundiales y los proveedores de servicios internacionales.
Para proteger a los servicios públicos en los convenios internacionales, como en el Acuerdo General de Comercio de Servicios (AGCS), se permite a los países no asumir compromisos en determinado sector, o establecer excepciones especificas, pero la Internacional de Servicios Públicos (PSI), que es una federación sindical mundial que representa a 20 millones de trabajadores, sostiene que este tratamiento de excepción se pierde en el TiSA, porque las naciones participantes deberán liberalizar los servicios en ‘prácticamente todas las formas y sectores’, incluyendo los servicios públicos, al acordarse el sistema de ‘listas negativas’, que consiste en que queda negociado todo menos los servicios que se incluyan en estas listas.
Sin embargo la situación no es tan extrema, y en el caso colombiano el objetivo es continuar en el TiSA con el nivel de apertura y las reservas que se han incluido en los demás acuerdos internacionales de servicios que ha suscrito el país.
Esto significa que se mantiene la reserva frente a las obligaciones de ‘Acceso a Mercados’ y ‘Trato Nacional’, con el fin de que las empresas obligatoriamente se establezcan en Colombia para suministrar estos servicios y que se configuren bajo la modalidad de ‘Empresa de Servicios Públicos’ (ESP).
Adicionalmente, se mantiene la exclusión frente a los mismos compromisos de ‘Acceso a Mercados’ y ‘Trato Nacional’ sobre los servicios ambientales, cuando el servicio es “de propiedad, operado, o contratado” por un gobierno local, departamental, o central.
ADENDA. El pasado primero de abril hice en esta columna unos comentarios sobre este Acuerdo de Comercio de Servicios, y un resumen de un artículo elaborado por Alan Yanovich y Mateo Ferrero, publicado en Legiscomex, pero se me pasó por alto hacer referencia al mismo, como he debido hacerlo. Por lo cual presento excusas a sus autores.
Manuel José Cárdenas
Consultor privado
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