Este año, celebramos el vigésimo aniversario de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. En este evento no debemos olvidarnos del punto de partida: hace veinte años, el cohecho de servidores públicos extranjeros era legal en todo el mundo –a excepción de Estados Unidos–, e incluso en varios países, los pagos por cohecho eran deducibles fiscalmente.
Es por ello que en el 2012, al firmar la adhesión de Colombia a la Convención para combatir el cohecho de la Ocde, la entonces ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, señaló que esta adhesión “es una poderosa señal para los Gobiernos y las empresas de América Latina, acerca de la importancia de la colaboración en la lucha contra la corrupción”. Como, recientemente, lo ha demostrado el escándalo Odebrecht, la cooperación es la única forma de combatir el cohecho transnacional.
La Convención de la Ocde y su grupo de trabajo, conformado por expertos anticorrupción y autoridades competentes de las distintas partes de la convención, constituyen el marco de cooperación internacional más avanzado en casos de cohecho transnacional. Asimismo, la Convención solicita a las partes que impongan sanciones eficaces, proporcionales y disuasorias, y, también, consagra la obligación de extraditar o procesar. Llevando a la práctica sus compromisos internacionales, Brasil, Estados Unidos y Suiza han trabajado, de forma conjunta, para imponer a la empresa brasileña de construcción, Odebrecht, por una gran trama de corrupción, la mayor sanción jamás vista en un caso de cohecho internacional. Como parte del castigo acordado, Odebrecht admitió haber realizado sobornos, en diferentes países y a lo largo de una década, por un valor de 788 millones de dólares estadounidenses a través del sistema financiero mundial.
En cualquier caso, esta sanción conjunta no impide que otras naciones –entre ellos Colombia– investiguen la corrupción que ha tenido lugar en casa y busquen recuperar los activos robados, de acuerdo a sus propios sistemas de justicia penal. Venezuela, durante su investigación sobre este caso, ha congelado las cuentas bancarias de Odebrecht. También se están llevando a cabo investigaciones en otros países como Argentina, Guatemala y Perú. Nada impide que Colombia, de acuerdo al Código Penal colombiano, lleve ante la justicia a quienes hayan cometido actos de corrupción relacionados con este caso. Tanto la Ocde como las otras 41 partes de la Convención para combatir el cohecho –entre ellas Argentina, Brasil, Chile y México– pueden prestar asistencia a Colombia a este respecto. También, aparte de la Convención, la Ocde acoge reuniones informales y confidenciales, de carácter semestral entre autoridades competentes; estas reuniones pueden ser, y han sido, un instrumento eficaz de cooperación internacional.
El caso Odebrecht, ha alentado también una cooperación internacional sin precedentes, convirtiendo a América Latina en un ejemplo en este campo. En febrero de este año, la Procuraduría General de Brasil acogió una insólita reunión entre los jefes de los servicios públicos competentes de Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, México, Panamá, Portugal, Perú, República Dominicana y Venezuela. Los participantes en esta cita aprobaron la Declaración de Brasil, en la que los países firmantes se comprometen a brindarse “la máxima cooperación internacional, de la forma más rápida y eficaz”, y a promover “la constitución de equipos conjuntos de investigación, bilaterales o multilaterales, que permitan investigaciones coordinadas sobre el caso Odebrecht y el de Lava Jato”. Todos estos países son partes en las convenciones interamericanas, o de las Naciones Unidas contra la corrupción, y varios de ellos se han adherido a la Convención de la Ocde para combatir el cohecho. Cabe preguntarse si estos intercambios también tendrían lugar si no existiera esta arquitectura internacional que refuerza la cooperación y la unidad.
La Convención para combatir el cohecho de la Ocde es el único tratado internacional que se centra específicamente en el lado de quién ofrece el soborno internacional, que es donde existía un vacío jurídico hace veinte años. Aunque se trata de un enfoque centrado exclusivamente en quién ofrece el soborno internacional, la Convención allana el camino a otras iniciativas de mayor alcance, que pretendan llevar ante la justicia tanto a los que sobornan como a los sobornados.
Si bien la Convención no es de aplicación directa y la Ocde no tiene competencias para velar por su cumplimiento, su mera existencia, así como su sólido mecanismo de monitoreo y el espíritu de cooperación que ha fomentado entre las partes de la Convención y fuera de ella, han dado lugar a varios casos internacionales como el de Odebrecht y otros como el de Siemens o el de Vimpel, por nombrar solo algunos. Sin la Convención, estos casos probablemente nunca hubieran salido a la luz.
La Convención es una herramienta excepcional y eficaz a disposición de las partes. Y a ellas corresponde sacar el mayor provecho de la misma.
Nicola Bonucci y Patrick Moulette
Director de Asuntos Legales y jefe de la División Anticorrupción, de la Ocde.
Piedra angular en la lucha contra la corrupción
La Convención de la Ocde para combatir el cohecho es el único tratado que se centra en el lado de quién ofrece el soborno.
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