Con la entrada en vigencia del TIC con Costa Rica el 1 de agosto de 2016, Colombia contará con 10 TLC -México, Estados Unidos, Chile, Triángulo del Norte (Guatemala, Honduras y Salvador), Canadá, Asociación Europea de Libre Comercio, Unión Europea (UE), Corea, Costa Rica y Alianza Pacífico- encaminados a la libre circulación de bienes, servicios, inversiones y personas.
Estos tratados, excluyendo el de la UE, cuentan con capítulos especiales con estándares reconocidos del derecho internacional para la promoción y protección de la inversión extranjera en el país, y de la inversión de colombianos en el exterior. Adicionalmente, están vigentes 7 Acuerdos bilaterales de Promoción y Protección de Inversiones (Aprri) que se han suscrito con España, Suiza, Perú, China, India, Reino Unido e Irlanda y Japón.
Desde 1991 todos los gobiernos de Colombia han adelantado negociaciones en materia de inversiones. Con algunas diferencias entre TIC y Appri, puede decirse que los acuerdos internacionales de inversión buscan ofrecer transparencia y previsibilidad a los inversionistas y sus inversiones, mediante reglas tales como la no discriminación; el trato nacional y de la nación más favorecida; la obligación de no denegar justicia localmente conforme al debido proceso; la prohibición de imponer requisitos de desempeño a los inversionistas; la seguridad que éstos podrán transferir al exterior los montos relacionados con la inversión; la prohibición de la expropiación sin indemnización y de medidas equivalentes a la expropiación; y en caso de controversias inversionista-Estado, la posibilidad de someter la reclamación al arbitraje bajo las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, o del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversión (Ciadi).
Este último Centro fue establecido desde 1966 por los gobiernos miembros de Banco Mundial mediante un Convenio que actualmente ha sido ratificado por 159 países y que contiene reglas para la solución de diferencias de inversión entre Estados y nacionales de otros Estados. Colombia lo aprobó por ley 267 de 1995 que fue declarada exequible por sentencia C-442 de 1996.
A partir del primer tratado de protección de inversiones entre Alemania y Pakistán en 1959, se han suscrito a nivel mundial, 3.276 acuerdos internacionales de inversión. La mayoría se negociaron a partir de los años noventa, pues al finalizar los ochenta solo se habían firmado 370. En nuestro país las normas de promoción y protección de inversiones de los Tratados vigentes han sido examinadas por la Corte Constitucional, concluyéndose que resultan en general armónicas con el ordenamiento constitucional, por cuanto permiten una protección recíproca, estabilidad, previsibilidad y seguridad en el tratamiento de las inversiones, en aras de generar incentivos a la inversión extranjera (ver por ejemplo sentencia C-620 de 2015 en caso de Alianza Pacífico).
Ciertamente, los Appri y los TIC no son garantía de localización de inversión extranjera directa, frente a otros factores como la carga tributaria, los vacíos o inconsistencias regulatorias en ciertos sectores, y algunas decisiones judiciales que generan incertidumbre en las reglas establecidas para la inversión en determinados sectores, lo cual afecta la competitividad de la inversión en Colombia respecto a otros países.
En todo caso, es destacable que el alcance de los 16 acuerdos internacionales en materia de inversión, se traduce en que cerca del 60% de las inversiones extranjeras directas en Colombia en 2000-2015 tienen origen en países cuyos inversionistas estarían hoy amparados, bajo ciertas condiciones, por las reglas de derecho internacional contenidas en estos tratados.
Por otra parte, es preciso subrayar la importancia de estos acuerdos de inversión para la seguridad jurídica de los negocios de las empresas colombianas, multilatinas y otras, que están acelerando su expansión fuera del país, con base en la alta competitividad de sus productos y servicios.
Es destacable que de los US$ 49 mil millones de dólares de inversión colombiana en el exterior, un porcentaje similar de 60% está localizada en países que han firmado acuerdos con Colombia; elemento favorable para compañías del país que han realizado importantes inversiones en sectores como el financiero, manufacturero electricidad, petróleo, o el de comercio y hoteles, y en países de destino como los de la Alianza Pacífico, región centroamericana, Estados Unidos, Inglaterra y España, entre otros.
Naturalmente, los convenios de inversión son esquemas susceptibles mejorarse gradualmente entre los países firmantes, en función de nuevos enfoques de promoción de inversiones y de resolución de controversias que están surgiendo de negociaciones internacionales recientemente culminadas, como las del Acuerdo Económico Comercial y Global entre Canadá y La Unión Europea que establece un Tribunal multilateral permanente de inversiones y adopta nuevos enfoques sobre el derecho de legislar en materia de políticas públicas.
O también del acuerdo de libre comercio Vietnam-Unión Europea que igualmente establece un tribunal para la solución de controversias de inversión, y desarrolla normas sobre estándares sociales y medioambientales, y de cooperación en materia de derechos humanos.
Entre tanto, los Tratados vigentes acordados desde los años noventa, son de gran importancia y deben servir de base para que se otorgue a las inversiones e inversionistas colombianos en el exterior, y a la inversión e inversionistas extranjeros en Colombia, un trato acorde con las reglas negociadas y con los estándares mínimos del derecho internacional en estas materias.
Se requieren, eso sí, esfuerzos sostenidos de prevención de reclamos y de mayor difusión de los alcances de estos tratados en los sectores público y privado, en aras de contribuir al ambiente estable y previsible para los inversionistas y a la mayor seguridad jurídica de sus inversiones que se busca alcanzar con estos acuerdos.
Alfredo Fuentes Hernández
Consultor
afuentes@fuenteshernandez.com
coyuntura
Protección de inversiones
El 60% de la inverversión extranjera en el país, entre 2000 y 2015, está regida por las reglas de los TLC.
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