A la terminación de un conflicto armado de índole internacional o nacional, le sigue la creación de tribunales penales exposfacto que se encargan de juzgar los delitos cometidos en ese conflicto y a sus responsables. Así paso después de la Segunda Guerra Mundial con los tribunales de Nuremberg y de Tokio; en los conflictos en la antigua Yugoslavia y Ruanda, que llevó al Consejo de Seguridad a crear los tribunales ad-hoc; igual sucedió con la Corte Especial de Sierra Leona, después de la guerra civil, y de manera más reciente el Tribunal de Kosovo. Colombia no podía ser la excepción.
Después del proceso de paz con los paramilitares, se promulgó la Ley 975 de Justicia y Paz, que crea salas especializadas y una estructura de justicia transicional. Derivado del acuerdo de La Habana, nace la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), que será la encargada de procesar, en términos de justicia restaurativa y punitiva, a los miembros de las Farc, a los militares y a los particulares, que, de manera voluntaria, quieran someterse a esta jurisdicción, por delitos relacionados con el conflicto armado interno.
Ahora bien, no son menores los retos que enfrenta esta jurisdicción del posconflicto, toda vez que surge con el inconformismo del 50 por ciento de la población, que no cree en los acuerdos como lo dejó ver el resultado del plebiscito, por eso, debe enfocarse hacia las víctimas, para resaltar que estas serán escuchadas y tendrán voz en los procedimientos. El segundo desafío es que la ley estatutaria de la JEP, que cursa en el Congreso, sea aprobada en el menor tiempo posible, si se tiene en cuenta que a finales de septiembre, el Comité de Escogencia (conformado por tres extranjeros y dos nacionales), habrá señalado quiénes harán parte de esta jurisdicción, lo cual se traduce en otro reto: seleccionar a los mejores, personas expertas en derecho penal internacional, derecho internacional humanitario, derechos humanos, derecho penal y justicia transicional. Por lo tanto, no tendría presentación que se seleccionen a los miembros de la JEP y no se cuente con la regulación necesaria para avanzar.
Finalmente, hay un tema bastante sensible, la labor que ha venido adelantando la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI), que el pasado mes de julio remitió un informe al Gobierno colombiano, en el cual se anotan las principales fallas sobre la investigación de los llamados ‘falsos positivos’, e insta al Estado a alinearse con esta, para obtener verdad, justicia y reparación en esta clase de procesos. Si la justicia interna no funciona en este tipo de investigaciones, ni en el caso del procesamiento de las Farc, se podría activar la competencia de la CPI, dando al traste el esfuerzo de aplicar la propia justicia en el caso de las violaciones al Derecho Internacional Humanitario y a los derechos humanos.
Raúl Eduardo Sánchez Sánchez
Presidente, Asociación de Egresados del London School of Economics (LSE) en Colombia.
Los retos de la JEP
A la terminación de un conflicto armado de índole internacional o nacional, le sigue la creación de tribunales penales exposfacto.
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