Sin muchos contradictores en el Congreso de la República, ha hecho su tránsito un proyecto de ley al que solo le resta un debate en la Cámara de Representantes y que busca que ningún trabajador sea despedido de su puesto si le faltan tres años o menos para recibir su pensión de jubilación.
La propuesta, impulsada fundamentalmente por el Centro Democrático, con el expresidente Álvaro Uribe a la cabeza, secundado, entre otros, por la exministra de comunicaciones María del Rosario Guerra, tiene un propósito en teoría loable que, sin embargo, puede terminar causando efectos dañinos para el mercado laboral y afectando justamente a las personas a las que, en principio, se quiere ayudar.
Si bien es cierto que la Corte Constitucional viene reiterando en sus últimas sentencias el principio de estabilidad laboral, reforzada para personas que se consideran prepensionadas, o cerca de obtener su jubilación definitiva, los casos han sido resueltos por la vía de la tutela, analizando cada situación en particular, sin generar una jurisprudencia unificada que se aplique a todos los escenarios por igual.
De hecho, la estabilidad laboral reforzada para los llamados prepensionados ha tenido mayor asidero tratándose de entidades públicas y de regímenes especiales para funcionarios del Estado. Otra cosa ha ocurrido en el sector privado, en el cual las reglas de contratación y permanencia de los empleados en sus puestos resultan ser siempre más flexibles, aunque regidas, en todo caso, por normas bastante garantistas.
El alto tribunal constitucional ha analizado situaciones complejas, pero específicas, a propósito de la protección de quienes están próximos a pensionarse. Así lo evidencian sentencias como la T-326 de 2014, la T-802 de 2012, o la T-824 de 2014, todas estas sobre prepensionados, a los que se les protege su estabilidad en sus respectivos cargos, o se ordenan reintegros cuando se ven violados, de manera notable, los preceptos laborales en conexidad con los derechos fundamentales.
Habrá, en efecto, casos que ameriten la intervención de los jueces para proteger a personas que se encuentren en esas circunstancias de vulnerabilidad laboral estando ad portas de recibir su pensión, pero algo bien distinto es crear una regla general por medio de una ley de la República que, insistimos, puede acabar siendo perjudicial para el sistema en su integralidad.
En reciente entrevista con RCN Radio, Alberto Echavarría, vicepresidente de Asuntos Jurídicos y Sociales de la Andi, advertía que “las estabilidades laborales reforzadas, más que beneficiar a los trabajadores, generan desincentivos para la contratación de personas, causando despidos anticipados a la fecha límite para acceder a esa prerrogativa”.
Todos estos elementos deben ser analizados con cuidado por el Congreso de la República, que –por presentarse como adalid de los pensionados en Colombia– no puede terminar produciendo una legislación que en el mediano y largo plazo les haga más daño que bien.
Es indispensable que en la recta final de este debate se oigan voces de expertos que, con cifras en mano y experiencias internacionales, puedan aportarles luces a los honorables parlamentarios, que deben tomar una decisión definitiva en las próximas semanas.
Ricardo Ávila Pinto
ricavi@portafolio.co
@ravilapinto
editorial
¿Más daño que bien?
En el Congreso ha hecho su tránsito un proyecto que busca que ningún trabajador sea despedido si le faltan tres años o menos para recibir su pensión.
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Ricardo Ávila
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