En el mundo, los supervisores y reguladores son responsables por la protección de la estabilidad del sector financiero y de los consumidores de sus servicios. ¿Deben ser independientes los supervisores? Existe amplio consenso sobre la conveniencia de dotar a la entidad de independencia institucional y financiera para mejorar la calidad de la supervisión.
La autonomía regulatoria se traduce en que el organismo encargado de dichas funciones dispone de libertad para aplicar las normas prudenciales que juzgue necesarias. Sería recomendable que tanto el supervisor como algunos de sus funcionarios, tuvieran puestos con periodos de permanencia definidos.
En el caso colombiano, el Superintendente Financiero ocupa un cargo de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República y puede ser despedido simplemente porque sus opiniones profesionales y sus decisiones no resulten de pleno agrado de las autoridades.
Por otra parte, en otras legislaciones, los funcionarios usualmente tienen protección legal frente a sus decisiones y están obligados a ejercerlas de manera transparente, situación ausente en el país. La entidad debe disponer de una independencia financiera que le permita vincular el personal especializado requerido para ejercer las funciones técnicas y jurídicas que le encomiendan.
El supervisor no debe hacer parte del poder ejecutivo, dado que esto suele exponerlo a presiones políticas. Ejemplo de ello es lo sucedido en Colombia el año pasado en el caso de los exequiales. Se argumenta, por parte de algunos analistas, que la supervisión y la regulación financiera son mejores cuando están adscritas al banco central independiente.
No obstante, esto conlleva a conflictos entre el manejo de la política monetaria y la estabilidad financiera. Lo más recomendable es que tanto el ente supervisor como el regulador gocen de independencia, como la otorgada al banco central, pero que sean separadas de este.
Es necesario que exista coordinación con las autoridades económicas, particularmente con el Ministerio de Hacienda, sin depender formalmente de este. Los organismos de supervisión se encuentran obligados a rendir cuentas. Para esto, es importante definir sus relaciones con los órganos ejecutivo y legislativo y tener un proceso de decisiones transparente y profesional.
La reciente crisis financiera internacional ha puesto en evidencia la importancia de fortalecer la supervisión financiera. La respuesta ha sido una mejor regulación en áreas como capital, reservas y cobertura de riesgos operativos y de liquidez. Desde el ámbito de los supervisores resulta adecuado dotarlos con capacidad de actuar. El arte de la buena supervisión consiste en detectar si la entidad supervisada tiene un buen control de riesgos y si la puede llevar a problemas de liquidez y de solvencia.
Según la literatura, para ser eficaz la supervisión es intrusiva para averiguar y conocer todo lo relacionado con la entidad supervisada; proactiva en analizar los riesgos y actuar de manera contracíclica; comprensiva en el estudio de las relaciones de grupo y el riesgo sistémico; y concluyente en términos de decisiones.
Se ha identificado internacionalmente que el cumplimiento de los principios establecidos y estándares por parte de bancos (Basilea), valores (Iosco) y compañías de seguros (Iais) ha sido bajo y del orden del 70%. Los supervisores deben tener la capacidad legal, los recursos financieros y humanos necesarios, la organización institucional y una estrategia clara para analizar, actuar y comunicar sus decisiones, así como la competencia de coordinar sus actividades con otras agencias del Gobierno.
Parte de los debates que deberán darse en materia económica en el país será la independencia de la que debe dotarse al órgano regulador y supervisor de la actividad financiera. Desde luego, dicha autonomía deberá estar enmarcada en órganos de gobierno definidos que garanticen la transparencia y el correcto funcionamiento de estas instituciones.