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Rudolf Hommes Rodríguez

Lo que no se puede delegar

Hay funciones del Estado que se pueden delegar o, incluso, subcontratar con entidades privadas, y otras las tiene que ejercer este, directamente.

Rudolf Hommes Rodríguez
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Rudolf Hommes Rodríguez

Una absolutamente indelegable es la seguridad, algo que hemos entendido los colombianos después de nefastos experimentos por parte del Estado, el sector privado y de elementos de alto y mediano rango de la Fuerza Pública, que pensaron, equivocadamente, que a la guerrilla se le tenía que responder con paramilitares.

Las funciones tributarias y aduaneras tampoco deberían delegarse o subcontratarse. Pero, aunque estaba prohibido hacerlo, Barranquilla, Cali, Santa Marta y Montería contrataron con agentes privados el recaudo y fiscalización de impuestos.

Y a pesar de que los resultados de estos experimentos ilegales no han sido positivos, y existe una nueva prohibición expresa, hay varios municipios pequeños a los que les gustaría hacerlo porque sienten que no tienen la capacidad administrativa y técnica para ejercer las funciones directamente.

El Ministerio de Hacienda no debería limitar su interés a prohibir esto, sino proveer asistencia técnica y administrativa a los municipios que la necesitan para evitar que caigan en manos de contratistas. 

Si la prohibición no es un disuasivo suficiente, los municipios deberían tener en cuenta las malas experiencias de Barranquilla y Cali. En la primera, por iniciativa de la actual Alcaldesa, se canceló el contrato vigente entre la ciudad y un contratista para recaudar y fiscalizar los impuestos de la ciudad.

Desde entonces, el recaudo mejoró significativamente. En el 2005, Barranquilla estaba en el quinto lugar en cuanto a ingreso tributario per cápita, y dicho ingreso equivalía al 59 por ciento del de Bogotá, la recaudadora más eficiente, y al 68 por ciento del de Medellín.

En el 2010, dos años después de cancelado el contrato, el ingreso tributario por habitante de Barranquilla era ya el 70 por ciento del de Bogotá, y casi alcanzaba el nivel de Medellín. 

En comparación, en ese mismo periodo, Cali pasó de ser la cuarta ciudad en ingreso tributario per cápita, al sexto en el 2010, y su ingreso tributario por habitante cayó del 60 por ciento del de Bogotá en el 2005, al 48 por ciento, en el 2010. Las autoridades estiman que el contrato le ha significado a la capital un deterioro patrimonial de $1,3 billones.

Este comportamiento y la necesidad de que la ciudad recupere el control sobre una de sus funciones más esenciales justifican plenamente que el alcalde, Rodrigo Guerrero, haya cancelado el contrato para que la ciudad recupere su autonomía en materia tributaria.

La Secretaría de Hacienda de la ciudad ha emprendido la tarea de actualización del catastro, comenzando por las propiedades de estratos altos, que tiene un retraso de años porque el contratista no lo actualizó. Pese a su pobre desempeño, este recibía ingresos equivalentes al 4,9 por ciento de los recaudos (16.000 millones anuales). 

A pesar de ser ilegales estos contratos, una vez celebrados no se pueden cancelar o revocar fácilmente. En Cali, la Procuraduría demandó el contrato por objeto ilícito apenas hizo destituir al alcalde de entonces, y el Tribunal del Valle falló a favor de la demanda, pero apelaron ante el Consejo de Estado y el contrato siguió operando hasta ahora, y seguiría haciéndolo si no llega por fin un alcalde a ponerle fin valientemente. Es curiosa la ley colombiana, que con tanto esmero defiende las consecuencias de actos administrativos ilegales. 

RUDOLF HOMMES R.

Exministro  de Hacienda  

rhommesr@hotmail.com

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