Mientras en Colombia el problema pensional ha sido reducido a un debate sobre los excesivos subsidios que se entregan a los afiliados de mayores ingresos en el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, en el mundo, la atención de los hacedores de política se está concentrado siempre más en los problemas ínsitos en los sistemas de capitalización individual.
Sin ir tan lejos, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad colombiano se caracteriza por ser una industria monopolística –de las nueve AFP que en 1994 solicitaron autorización para operar, hoy quedan solamente cuatro, dos de las cuales concentran más del 85% de todos los afiliados del sistema–, en la cual las administradoras no compiten para ofrecer menores costos, pues todo afiliado paga una comisión de 3% sobre sus ingresos y ninguna AFP opera con un nivel de eficiencia que le consienta devolver parte de lo cobrado, aunque la ley les faculte para hacerlo, y la información que permita una comparación efectiva entre los rendimientos reales reconocidos por las diferentes AFP no se presenta de forma clara e inmediata –cada afiliado debe tener la iniciativa de buscarla en la página web de la Superintendencia Financiera–.
En fin, tenemos pocos operadores, cobros administrativos idénticos e información comparativa sobre rendimientos difícil de conseguir. Además, la fiscalización por parte de los dueños del ahorro confiado a las AFP es prácticamente nula: los afiliados solo pueden elegir un representante que integre las juntas directivas de las AFP –con voz, pero sin voto– y la participación en las asambleas anuales en las que se define su elección es muy escasa. Todos estos, elementos que refuerzan el monopolio existente en la industria.
En verdad, se trata de problemas similares a los que enfrenta, por ejemplo, el sistema pensional chileno y que el Gobierno del presidente Piñera se ha propuesto enfrentar con una audaz reforma presentada al Congreso a finales del mes de enero de este año. Es interesante, entonces, conocer algunos de los principales aspectos de la reforma chilena que, eventualmente, podrían aplicarse en nuestro país.
En general, la reforma presentada quiere mejorar el funcionamiento del sistema de ahorro individual, incentivando la competencia, asegurando la adecuada representación de los intereses de los afiliados y promoviendo, por parte de las administradoras, la socialización con sus afiliados de los resultados de su gestión.
En seguida va una breve reseña de las principales medidas propuestas.
La cotización mensual al sistema se incrementará en seis puntos porcentuales –todos a cargo del empleador o del trabajador independiente– que servirán para financiar dos nuevos programas. Es así como, tres puntos se destinarán a un nuevo programa de ahorro personal y los otros tres a un nuevo programa de ahorro colectivo solidario. Ambos programas serán administrados por una entidad pública, el Consejo Administrador de Seguros Sociales (CASS).
Para fortalecer la competencia en la industria de AFP y reducir las barreras a la entrada, se autorizan también a las sociedades sin ánimo de lucro y las cooperativas de afiliados a ser administradoras del sistema.
En la eventualidad de que los Fondos administrados por las AFP tengan rentabilidad real negativa durante un año calendario, estos tendrán que devolver a las cuentas individuales de sus cotizantes un porcentaje (por establecer) de las comisiones cobradas.
Además, se reducirá el límite máximo de las comisiones que se puedan cargar a los fondos de pensiones.
Al mismo tiempo, se favorecerá una mayor participación de los afiliados en la gestión de sus ahorros previsionales. En especial, cada AFP deberá crear un Comité de Afiliados cuyas funciones serán las de examinar la implementación y resultados de las inversiones y de velar sobre la calidad y oportunidad de los servicios entregados por las AFP a sus afiliados y pensionados.
Adicionalmente, uno de los miembros del Directorio de las AFP deberá ser un afiliado de la misma. Y también se establece la creación de una Intendencia de Protección de los Afiliados como parte de la estructura orgánica de la Superintendencia de Pensiones.
Los cambios propuestos deberían llevar a un sistema pensional en el que todo chileno mayor de 65 años disponga de un ingreso mensual como mínimo igual a la línea de la pobreza y a que a los afiliados que hayan cotizado por 30 o más años se le garantice una pensión no inferior al salario mínimo legal vigente. ¿Suena bien, o no?
Stéfano Farné
Observatorio del Mercado Laboral Universidad Externado de Colombia