El decreto 1174 de 2020, que reglamentó un artículo del Plan Nacional de Desarrollo para fijar el piso de protección social, se ha convertido en motivo de debate entre congresistas, algunos expertos, líderes de opinión y el Gobierno, pues señalan que puede ser un camino para precarizar las condiciones laborales de personas que ganen menos de un salario mínimo mensual, mientras que otros dicen que no será así.
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La polémica se trasladó ayer a las redes sociales, especialmente a Twitter, plataforma por la que algunos congresistas manifestaron su rechazo a ese decreto. Angélica Lozano, senadora del Partido Verde, dijo a través de su cuenta que desde que se estaba debatiendo el Plan Nacional de Desarrollo en el Congreso, ella se opuso a la medida, pues desde ese momento preveía que podría ser una manera en la que se dé luz verde a la contratación por horas.
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“Hay muchas incógnitas frente a su funcionamiento en cuanto a que representa legalizar pagos inferiores al salario mínimo; envía a todos sus beneficiarios al sistema subsidiado de salud donde no existen licencias de maternidad o paternidad, ni pago de incapacidades por enfermedad; no existe pensión porque todos van a aportar a BEPS, un sistema de ahorro individual criticado por la OIT (Organización Internacional del Trabajo), e incentiva el trabajo parcial sobre el de tiempo completo, junto con la falta de medidas de control para evitar que se prefiera contratar bajo ese modelo”, dijo la Senadora.
Ángela María Robledo, representante a la Cámara, también argumentó que “el decreto 1174 es una reforma al régimen laboral sin consulta a la comisión tripartita que exige la OIT. Un trabajo por horas sin garantías laborales, el empleo como esclavitud”. A la posición de las congresistas se unieron también el exsenador Antonio Navarro y el senador Wilson Arias, del Polo Democrático, entre otros.
La Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) también se sumó a las alertas de los congresistas y apuntó que “rechazamos el Decreto 1174, porque es un atentado contra los derechos laborales. Precariza y elimina pensiones y permite la contratación por horas, es decir, aprueba lo que los colombianos rechazamos en las calles”.
Ante la duda de si puede ser o no una puerta para que se contrate por horas y haya un detrimento de las condiciones laborales, Iván Jaramillo, del Observatorio Laboral de la U. Rosario, explicó que sí existe un riesgo, en el que los empleadores opten por ese modelo, disminuyendo la jornada de trabajo para no vulnerar las reglas sobre el salario mínimo y reduzcan costos de aportes a seguridad social.
“En Colombia no está prohibido la contratación a tiempo parcial. Lo que hace el piso de protección social es habilitar el sistema de cotizaciones del 15% para el sistema semiasistencial y asistencial de seguridad social, impidiendo que estos trabajadores accedan a las prestaciones del sistema de seguridad social”, añadió.
¿QUÉ DICE EL GOBIERNO?
Ante las inquietudes que generó la reglamentación del artículo del PND, el Ministerio de Trabajo ayer publicó un documento donde habla de los ‘mitos y realidades’ de dicha norma y detalla que no es una reforma laboral, ni pensional y que tampoco permite o posibilita la contratación por horas. Según esa cartera, el decreto “lo que hace es reconocer a quienes, por diferentes circunstancias de su trabajo, no alcanzan a tener ingresos de un salario mínimo mensual”.
Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo, también aclaró que si bien es cierto que existe el riesgo de que algunos empleadores se aprovechen de la medida para reducir costos laborales, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales será la encargada de controlar ese proceso y evitar que eso ocurra.