El exgerente de Empresas Públicas de Medellín Álvaro Guillermo Rendón López denunció penalmente al alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, para que se retracte y/o rectifique de varias afirmaciones que de manera insistente ha venido haciendo en su contra de forma pública y que considera atentan contra su honra y buen nombre.
Quintero Calle, quien tomó la decisión de declarar insubsistente al entonces gerente el pasado 1° de febrero de 2021, justificó la salida de Rendón haciendo afirmaciones que según la denuncia son clara y abiertamente injuriosas y calumniosas.
En la denuncia, interpuesta por el abogado penalista Julián Quintana, se le pidió al Fiscal General de la Nación que inicie la “indagación penal” tendiente a corroborar los hechos y circunstancias que muestran, de acuerdo con el amplio acervo probatorio, que efectivamente el alcalde Quintero ha afectado de forma sistemática la honra y buen nombre de Rendón, violando abiertamente el Código Penal. Incluso, esto ha seguido en los últimos días, a pesar de que el propio exgerente le había solicitado al alcalde rectificarse públicamente y abstenerse de seguir adelante con su campaña de difamación.
Respetando el trámite de este tipo de procesos, Quintana le solicitó a la Fiscalía que convoque de manera inmediata a una audiencia de conciliación, que en caso de no prosperar, le permita a la Fiscalía demostrar la responsabilidad penal del alcalde Daniel Quintero Calle para llevarlo a retractarse y reparar, o ser sometido a la condena que un juez determine para el caso sub judice.
“…En las declaraciones en medios de comunicación se advierten claramente las falaces imputaciones delictivas hechas por el Alcalde DANIEL QUINTERO CALLE en contra de RENDÓN LÓPEZ sin sustento alguno… “Por lo tanto, al realizar comentarios malintencionados, generó grave afectación a los derechos fundamentales de RENDÓN LÓPEZ, así como menoscabo a su buen nombre y honra”, reza la denuncia.
De acuerdo con la reiterada línea jurisprudencial de la Corte Constitucional, a la hora de difundir informaciones y opiniones, “los servidores públicos difieren de los particulares, en tanto desempeñan una actividad reglada y con un alto compromiso social; en ese orden, sus manifestaciones deben ser incluso más prudentes y respetuosas de derechos como el buen nombre, la honra y la intimidad y, por tanto, las posibles extralimitaciones que puedan cometer serán objeto de un control más estricto, con mayor razón, cuando se expresan a través de medios de comunicación masiva, como las redes sociales” (Sentencia T-446 de 2020 y T-1104 de 2004).
Algunas de las afirmaciones del alcalde Quintero, que muestran su repentino cambio, al pasar de defender la figura y el trabajo de Rendón en EPM, y lanzar afirmaciones injuriosas y calumniosas en su contra y que están a disposición de la Fiscalía, están contenidas en varios medios de comunicación local, regional y nacional.