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Finanzas

30 nov 2007 - 5:00 a. m.

Diez puntos claves del cambio propuesto por Chávez

Las principales reformas constitucionales propuestas por el presidente venezolano Hugo Chávez, y sancionadas por el Congreso unicameral, sometidas a refrendo el domingo, modificaría 69 de los 350 artículos de la Constitución Bolivariana de 1999.

POR:

Entre los principales puntos destacan: 1- Reelección: será inmediata del presidente, de manera continua y el periodo presidencial de 7 años, en lugar de seis. 2- Fuerza Armada: se crearía la Fuerza Armada Bolivariana como un cuerpo popular antiimperialista. Las ‘milicias nacionales’ sustituirían a la tradicional reserva militar y estas se integrarían como un componente más de la FAB. 3 - Nuevos tipos de propiedad: se garantizaría la propiedad privada y se reconocería la propiedad estatal, mixta -pública y privada-; y las nuevas formas de propiedad social directa o comunal y social indirecta o estatal, y empresas de producción social para construir una economía socialista. 4- Beneficios laborales: se reduciría la jornada laboral de 8 a 6 horas diarias. 5- Poder popular: además de los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y ciudadanos, se crearía el Poder Popular, que se expresa constituyendo comunidades, comunas y autogobierno de ciudades. 6- Comunas: el poder popular y las comunas serían la base del poder público y estaría expresado en consejos obreros, campesinos y estudiantiles. 7- Geometría del poder: se modificarían los espacios aéreos, marítimos y territoriales de Venezuela, mediante la creación de ciudades comunales, provincias federales, ciudades federales y distritos funcionales, gobernados por vicepresidentes nombrados por el presidente, que además desiganría autoridades especiales en caso de emergencia nacional. 8- Economía: se elimina la autonomía del Banco Central de Venezuela. Las Reservas Internacionales serán manejadas por el Banco Central de Venezuela, bajo la administración y dirección del Presidente de la República. 9- Estado de excepción: el Presidente(a) de la República podrá decretar los estados de excepción y restringir o suspender temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución. 10- Edad para votar a los 16 años: son electores o electoras todos los venezolanos que hayan cumplido dieciséis años de edad. Se elimina la autonomía del Banco Central de Venezuela. Las reservas internacionales serán manejadas por el Banco Central, bajo la administración y dirección del Presidente de la República”.

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